REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO

JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, lunes veintitrés (23) de septiembre del año dos mil veinticuatro.-

214º y 165º
Vista la diligencia de fecha 18 de septiembre de 2024 presentada por el abogado ADIB BEIRUTI BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V-5.674.282, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 152.061, en su carácter de parte actora y apelante en la presente causa; mediante la cual renuncia a este proceso.
Es importante poner de relieve que, aunque el termino renuncia al proceso, no se menciona explícitamente en la legislación, se puede interpretar y entender como una expresión al concepto relacionado al desistimiento perse, donde la parte demandante en la presente causa y en la persona del ciudadano abogado ADIB BEIRUTI BRACHO, antes identificado, decide no continuar con el proceso.
En consecuencia, dado que el desistimiento o la renuncia al proceso tal como lo expresa el interesado, consta en el presente expediente la solicitud del desistimiento en cuestión en forma autentica y riela al folio 547 del mismo, y la mencionada actuación procesal la realizò de manera pura y simple, el abogado actor, actuando por sus propios derechos, configurándose un acto unilateral de su parte.
En tal sentido, este Juzgado Superior tiene por desistido el recurso de apelación planteado.
Remítase este expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

El Juez Provisorio.

JOSUÉ MANUEL CONTRERAS ZAMBRANO

La Secretaria,

Myriam Patricia Gutiérrez Díaz





Exp. 4.101.
Va sin enmienda