REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
213º y 164º
ASUNTO: SP01-L-2024-000144
PARTE ACTORA: MARIBEL PEREIRA LOPEZ Y NANCY RAMIREZ GUTIERREZ . identificadas con las cedulas V-13.110.015 y V-9.213.594 en su orden
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: JUAN AGUSTIN RAMIREZ MEDINA Y LORENA CARPIO HERNANDEZ, inscritos en el I.P.S.A. Bajo los Nros. 71. 471 y 117.541
PARTE DEMANDADA: Asociación Civil UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA TERESITA DEL ÑIÑO JESUS Y PEDRO MIGUEL PEÑA CARDENAS V- 5.641.589
APODERADO PARTE DEMANDADA: DENISSE ROSSANA TREJO CHACON I.P.S.A. 144.822
Prestaciones Sociales


En el día de hoy, 09 de Octubre de 2024, a las 10:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, se hizo presente por la parte actora MARIBEL PEREIRA LOPEZ Y NANCY RAMIREZ GUTIERREZ. Identificadas con las cedulas V-13.110.015 y V-9.213.594 en su orden, junto a sus apoderados judiciales abogados JUAN AGUSTIN RAMIREZ MEDINA Y LORENA CARPIO HERNANDEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 71.471 y 117.541 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada DENISSE ROSSANA TREJO CHACON I.P.S.A 144.822. Seguidamente las parte a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de OCHO MIL DOLARES AMERICANOS (8.000,00 $) pagaderos así 1) Para la ciudadana NANCY RAMIREZ GUTIERREZ identificada con la cedula V-9.213.594 la suma de DOS MIL DOLARES (2.000,00) $ de los cuales hoy se le entregan 1000,00 $ y el restante de 1.000,00 $ para el día 15 de noviembre de 2024 y 2) Para la ciudadana MARIBEL PEREIRA LOPEZ V-13.110.015 la suma de 6.000,00 $ pagaderos de la siguiente manera, en el día de hoy se le entrega la suma de 2.000,00 $, para el 15 de noviembre de 2024, la suma de 2.000,00 $ y una ultima cuota de 2.000,00 $ el día 16 de diciembre de 2024; todas las cuotas se pagaran en la sede del Tribunal a las 10:00 a.m. Seguidamente la parte actora acepta la propuesta formulada con la condición que de producirse la falta de pago oportuno de una de las cuotas ofertadas en este acto se produzca la exigibilidad inmediata de la totalidad del remanente adeudado. La representación de la parte patronal acepta la condición planteada y así las cosas la parte actora libre y voluntariamente declara que acepta el acuerdo en los términos planteados y una vez cumplida la misma no tiene nada mas que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado entre las partes, LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora
La Parte Demandada
La Parte Actora,
Abog Denisse Trejo Chacòn
Nancy Ramírez

Maribel López El Secretario

Abog. Lorena Carpio Abog. Richard Castillo

Abog. Juan Aguntin Ramirez

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