REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
214º y 165º
ASUNTO: SP01-L-2024-000046
PARTE ACTORA: YAIL AURORA MONSALVE CHAVEZ, ANDRES JUNIOR MONSALVE CHAVEZ y DAMIR EMMANUEL ZAPATA ZAMBRANO identificados con las cédulas Nros. V-17.501.895, V-18.878.373 y V-20.627.070, en su orden.
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: Abogados FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA y URIEL YVAN MARIN BECERRA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.195.157 y 63.399, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil DISTRIAL C. A. inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Tachira, bajo el Nro.28. Tomo 18-A del 17 de septiembre de 2001 y el ciudadano ANDRES AVELINO MONSALVE NIÑO, con cédula N.° V.-4.627.868
APODERADO PARTE DEMANDADA: Abogado EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N.° 97.433.
En el día de hoy jueves 31 de octubre de 2024, a las 10:30 a.m., oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, se hizo presente por la parte actora los ciudadanos YAIL AURORA MONSALVE CHAVEZ, ANDRES JUNIOR MONSALVE CHAVEZ y DAMIR EMMANUEL ZAPATA ZAMBRANO identificados con las cédulas Nros. V-17.501.895, V-18.878.373 y V-20.627.070, en su orden, asistidos por los apoderados judiciales abogados FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA I.PS.A. 195.157 y URIEL YVAN MARIN BECERRA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nro. 63.399, por la parte demandada se hizo presente el ciudadano ANDRES AVELINO MONSALVE NIÑO, identificado con la cédula N.° V-4.627.868, como representante de Distrial C.A. y en su propio nombre, asistido por su apoderado judicial abogado EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N.° 97.433, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA 15.000,00$ pagaderos de la siguiente manera: 1) Para YAIL AURORA MONSALVE CHAVEZ, la suma 6.500 $, 2) Para ANDRES JUNIOR MONSALVE CHAVEZ la suma de 5.500,oo $ y 3) Para DAMIR EMMANUEL
ZAPATA ZAMBRANO la suma de 3.000,oo $. El referido pago es en dinero efectivo entregado en este acto. Por su lado la parte demandante acepta la propuesta formulada y declara que recibe conforme en efectivo el dinero ofertado y por tanto no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
Parte Actora Parte Demandada

YAIL AURORA MONSALVE CHAVEZ,

ANDRES JUNIOR MONSALVE CHAVEZ ANDRES AVELINO MONSALVE


DAMIR ENMANUEL ZAPATA ZAMBRANO APODERADO DEMANDADA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA Abog. EDUARDO JOSE CHAVEZ

FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA

URIEL YVAN MARIN BECERRA

El Secretario Judicial,

Abog. Richar Castillo Castellanos