REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 26 de Noviembre de 2024.-
214º y 165º
Visto el Contenido de la diligencia suscrita en fecha 19-11-2024 por la ciudadana: GLADYS MARINA ARELLANO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.339.057, asistida por la Abg. MARITZA GUTIERREZ MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.332.613, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42984, en el que desiste del procedimiento en la presente causa, motivo DIVORCIO (DESAFECTO) de acuerdo al Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este tribunal acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Desistimiento como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido con los artículos, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Anótese en el libro respectivo la presente decisión y déjese copia digitalizada en formato P.D.F de la misma para el archivo del tribunal. TERCERO: Se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase. -
EL JUEZ
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ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA.
LA SECRETARÍA ACCIDENTAL,
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MARLIG LISBETH PAVÓN MORA
En la misma fecha se hizo lo acordado.
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LA SECRETARÍA ACCIDENTAL
EXP. N° 3417-2024
JEGG/valeria.
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