JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 06 de noviembre de 2024.

Visto el escrito de fecha 30 de octubre de 2024, suscrito por la ciudadana Zulay Esperanza Sánchez Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.024.185, asistida por los abogados Manuel Antonio Rivera Ontiveros y Carolina del Valle Valera Casanova, inscritos en el inpreabogao bajo el Nro° 273.041 y 293.765, parte demandada, en cuanto su contenido. Este Tribunal informa a los profesionales del derecho que el lapso de promoción de pruebas ya venció de conformidad con el artículo 392 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se NIEGA la admisión, por ser presentado de forma extemporánea.



Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz
Juez Provisoria





Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente

Asimismo, se cumplió con lo ordenado.




Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente
Exp. N° 10.148