REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
Primero: Declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Ciro Orlando Araque Ramírez-, quien actúa en calidad de defensor privado de la ciudadana Greidaly Angélica Rubio Jurado –querellada de la causa penal N° SP21-P-2022-013087-.
Segundo: Confirma la decisión proferida en fecha cinco (05) de abril del año 2023 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, declara sin lugar la excepción planteada por el profesional del derecho recurrente del presente caso, la cual fue opuesta de conformidad con el numeral 5° del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal –extinción de la acción penal-.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los quince (15) días del mes de mayo del año 2024. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
Los jueces de la Corte,
Abogada Odomaira Rosales Paredes
Jueza Presidente
Abogada Ledy Yorley Pérez Ramírez
Juez de Corte
Abogado Carlos Alberto Morales Diquez
Juez de Corte – Ponente-
Abogada Alba Graciela Rojas Pulido
La Secretaria
1-Aa-SP21-R-2023-000034/CAMD/nlrg*-