En fecha 23 de Febrero de 2023, se recibió por distribución escrito constante de cuatro -04- folios útiles y consignados los recaudos en fecha 27 de Febrero de 2023, constantes de veinticuatro -24- folios útiles correspondientes a la Demanda de: EXTINCIÓN DE HIPOTECA interpuesta por el ciudadano CESAR ANTONIO MOLINA CAHCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.148.436, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el número 53.153, actuando en su condición de Apoderado Especial del ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.466.085, domiciliado en Tinaquillo estado Cojedes y civilmente hábil, tal como consta en Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notarias Pública de Tinaquillo es5dao Cojedes en fecha 31 de Enero de 2023, bajo el N° 23, Tomo: I, Folios 95 al 98 de los libros de autenticaciones llevados por ante esa oficina, en contra de DESCONOCIDOS SUCESORES Y/O HEREDEROS del fallecido FREDDY ENRIQUE MANRIQUE MENDOZA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d identidad número V_ 1.531.587, la cual presentan de acuerdo a lo previsto con el artículo 1.907 del Código Civil venezolano vigente, en concordancia con el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil. Acompañando la solicitud con los siguientes documentos: *Poder Especial del ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.466.085, domiciliado en Tinaquillo estado Cojedes y civilmente hábil, tal como consta en Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notarias Pública de Tinaquillo estado Cojedes en fecha 31 de Enero de 2023, bajo el N° 23, Tomo: I, Folios 95 al 98 de los libros de autenticaciones llevados por ante esa oficina. (Fl- 05 al 08), *Documento de Venta de una casa para habitación sobre terreno propio del Ciudadano: FREDDY ENRIQUE MANRIQUE MENDOZA al ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, debidamente Registrado por ante la Oficina del Registro Público del Municipio Junín y Rafael Urdaneta del estado Táchira, inscrito bajo el número 2011.2413, asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el número 433.18.6.1.1552 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2011 (Fl-09 al 12).* Sesenta y Nueve (69) Letras de cambio en original que reposan en el Tribunal y anexas al expediente mediante copias certificadas de las mismas. (Fl 13 al 26). * Copia Certificada del Acta de Defunción N° 29 de fecha 24 de Enero de 2022 del ciudadano: FREDDY ENRIQUE MANRIQUE MENDOZA, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Junín. (F.27 y 28)

Por auto de fecha 06 de Marzo de 2023, este Tribunal procede a admitir y dar entrada y curso de ley correspondiente a la presente Demanda de EXTINCIÓN DE HIPOTECA, acordándose de conformidad con los artículos 231 y 223 del Código de Procedimiento Civil librar el respectivo EDICTO para sus correspondientes publicaciones. (F. 30 al 31).

En fecha 28 de Abril de 2.023, mediante diligencia suscrita por el abogado Apoderado Especial CESAR ANTONIO MOLINA CHACÓN, solicita sean agregadas al expediente las publicaciones del Edicto realizadas en el Diario ”La Nación” y “Católico”, especificando las fechas de las mimas, todo de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Civil.(fl- 32 al 73)

En fecha 21 de Junio de 2.023, mediante auto el Tribunal procede en la presente causa a nombrar Defensor Ad Litem al abogado PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.993.944, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, acordando librar boleta a los fines de su notificación para la aceptación.(Fl-74, 75)

En fecha 27 de Junio de 2023 el Alguacil Titular de éste Tribunal GERSON ALBERTO VASQUEZ COLMENARES, mediante diligencia procede a dejar constancia de su traslado refiriendo que se hizo entrega de copia de la boleta de Notificación debidamente practicada. (Fl- 76 -77)
En fecha 30 de Junio de 2023 el Tribunal mediante auto procede a tomar el juramento de Ley al abogado PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.993.944, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, quien acepta el cargo de DEFENSOR AD LITEM en la presente causa. (Fl - 78).

En fecha 07 de Julio de 2023, mediante diligencia suscrita por el abogado Apoderado Especial CESAR ANTONIO MOLINA CHACÓN, solicita a éste Tribunal se sirva Citar al Defensor Ad Litem para los demás fines legales consiguientes. (Fl- 79).

En fecha 11 de Julio de 2023, éste Tibunal mediante auto acuerda librar la respectiva Boleta de Citación al ciudadano: PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.993.944, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, Defensor Ad Litem en la presente causa. (Fl 80 -81).
En fecha 17 de Julio de 2023 el Alguacil Titular de éste Tribunal GERSON ALBERTO VASQUEZ, mediante diligencia informa a éste Tribunal que hizo entrega al ciudadano: PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.993.944, de copia de la boleta de citación junto con copias certificadas anexas. (Fl- 82 y 82 vlto).

En fecha 18 de Septiembre de 2023, el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, consigna escrito de contestación de la demanda conste de cuatro (04) folios útiles. (Fl-83 al 86)

En fecha 11 de Octubre de 2023 éste Tribunal mediante auto acuerda agregar el escrito de pruebas consignado a éste Tribunal por el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, en fecha 04 de Octubre de 2023, todo constante de tres (03) folios útiles. (Fl- 88 al 90).

En fecha 11 de Octubre de 2023 éste Tribunal mediante auto acuerda agregar el escrito de pruebas consignado a éste Tribunal por el abogado CESAR ANTONIO MOLINA CHACON apoderado Especial de la parte demandante ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, según Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notarias Pública de Tinaquillo es5dao Cojedes en fecha 31 de Enero de 2023, bajo el N° 23, Tomo: I, Folios 95 al 98 de los libros de autenticaciones llevados por ante esa oficina, en fecha 10 de Octubre de 2023, todo constante de dos (02) folios útiles. (Fl- 91 al 93).

En fecha 17 de Octubre de 2023 éste Tribunal mediante auto admite el escrito de promoción de pruebas promovidas por el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 236.393, y acuerda sus evacuaciones, fijando fechas y hora para las mismas. (Fl- 94).
En fecha 17 de Octubre de 2023 éste Tribunal mediante auto admite el escrito de promoción de pruebas promovidas por el abogado CESAR ANTONIO MOLINA CHACON apoderado Especial de la parte demandante ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, según Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notarias Pública de Tinaquillo es5dao Cojedes en fecha 31 de Enero de 2023, bajo el N° 23, Tomo: I, Folios 95 al 98 de los libros de autenticaciones llevados por ante esa oficina, y acuerda sus evacuaciones, fijando las fechas y horas para las mismas. (Fl- 94).

En fecha 02 de Noviembre de 2023 éste Tribunal procede a dejar constancia mediante auto del Acto de Exhibición de los recibos o documentos de pago, prueba solicitada por el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA de la parte demandada. (Fl-96)

En fecha 03 de Noviembre de 2023 éste Tribunal procede a realizar la evacuación de las pruebas testimoniales promovidas por el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA de la parte demandada. (Fl- 97, 97 vlto, 98 y 98 vlto).

En fecha 09 de Noviembre de 2023 éste Tribunal procede a practicar Inspección Judicial en el Registro Público de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del estado Táchira, prueba promovida por el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA de la parte demandada.(Fl- 99 -100)

En fecha 14 de Noviembre de 2023 éste Tribunal procede a practicar Inspección Judicial en el inmuble ubicado en la Av. 8 (Dr. Manuel Pulido Méndez) entre calles 17 y 18, casa N° 17-26, San Martín , Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, prueba promovida por el abogado CESAR ANTONIO MOLINA CHACON apoderado Especial de la parte demandante ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ. (Fl- 101-102).


En fecha 12 de Enero de 2024 el Defensor Ad Litem PEDRO GIOVANNY ALVIREZ MORA de la parte demandada consigna escrito de Informes constan5es de tres (03) folios útiles. (Fl-103 al 105).

En fecha 19 de Enero de 2024 el abogado CESAR ANTONIO MOLINA CHACON apoderado Especial de la parte demandante ciudadano: TITO ARMANDO RAMIREZ RODRIGUEZ, consigna escrito de Observaciones constante de dos (02) folios útiles. (Fl- 106-107).

PARTE MOTIVA







PARTE DISPOSITIVA



Publíquese, Regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Rubio, a los () días del mes de de 2.024. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.