REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, viernes dieciséis (16) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024); siendo las diez de la mañana (10:00 am), día fijado por este Tribunal por auto de fecha nueve (09) de febrero de 2024, inserto al folio 32 del expediente, para que tenga lugar la celebración de la presente VIDEOLLAMADA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que ha intentado el ciudadano FILADELFO LACRUZ PUENTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.030.253, domiciliado en Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado en ejercicio CESAR AUGUSTO NINAMANGO SANTOS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-23.234.119 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.733, en contra de la ciudadana MARIA BENITA NAVA TORREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.967.186, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3404. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar una video llamada al número, +573145125231 aportado por la parte Demandante, antes plenamente identificado, como número telefónico de la demandada ciudadana, MARIA BENITA NAVA TORREZ, plenamente identificada en autos. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal y manifestó: “Soy MARIA BENITA NAVA TORREZ, titular de la cédula de Identidad N° V.- 6.967.186 y, actualmente me encuentro residenciada en La Repùblica de Colombia, Medellín. Seguidamente, el Juez le solicitó a la ciudadana antes identificada, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente le preguntó si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara el ciudadano FILADELFO LACRUZ PUENTE y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez y, estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra y me doy por citada, es todo”. Acto seguido la suscrita Secretaria, certifica la identidad de la ciudadana MARIA BENITA NAVA TORRES, quien a través de video llamada expuso su documento de identidad (cédula de Identidad) verificándose que su número es V.- 6.967.186. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez y treinta de la mañana (10:30) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente video llamada. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman,
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO



PARTE DEMANDANTE ABOGADO ASISTENTE



EL ALGUACIL LA SECRETARIA,

ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q
.
Exp. 3404