REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SANTA ANA, nueve (09) de enero de dos mil veinticuatro (2024).-
213° y 164°
SOLICITANTE: GENESIS KATERINE PAREJO CHICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.000.952, domiciliada en la Urbanización El Cafetal 2, calle 5, casa Nº 51 del Municipio Córdoba del Estado Táchira, madre del niño Dany Isaack Sánchez Parejo, de cuatro (4) años de edad.
OBLIGADO: DANY JESUS SANCHEZ DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.827.195, domiciliado en El Milagro, vía San Joaquín, calle 1, casa Nº 3, Municipio Córdoba del Estado Táchira.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
TIPO DE RESOLUCION: HOMOLOGACION ACUERDO ENTRE LAS PARTES
Por diligencia de fecha de fecha 10 de agosto de 2023, la ciudadana GENESIS KATERINE PAREJO CHICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.000.952, de este domicilio y hábil, madre del niño Dany Isaack Sánchez Parejo, de cuatro (4) años de edad, solicitó la citación del ciudadano DANY JESUS SANCHEZ DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.827.195, de este domicilio y hábil, padre del niño ya mencionado, consignó copias de las cédulas de identidad de ambos padres y el acta de nacimiento de su menor hijo.
En fecha 19 de septiembre del 2023, admitió la solicitud y dispuso citar al obligado para llevar a cabo un acto conciliatorio entre las partes.
En fecha 27 de septiembre de 2023, fue debidamente citado el obligado, según información suministrada por el Alguacil de este Tribunal.
El 02 de octubre de 2023, cursa el acta del acto conciliatorio celebrado entre las partes.
Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado entre las partes y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Queda establecido entre las partes que el padre: DANY JESUS SANCHEZ DURAN, antes identificado, se compromete a pagar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS (240.000,00) COLOMBIANOS MENSUALMENTE y cubrir los gastos escolares en un 50% que comprende útiles escolares, uniformes, actividades extra curriculares, vestido y regalos de la época de navidad y año nuevo.
SEGUNDO: La madre manifiesta en cuanto a las visitas que sean los fines de semana que tenga disponible el padre y en época de agosto y diciembre sean intercaladas entre los progenitores.
TERCERO: Líbrese Boleta de Notificación al Fiscal de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, nueve (09) de enero de Dos mil Veinticuatro (2024).-
ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
JUEZ SUPLENTE ELIZABETH BECERRA SANCHEZ
SECRETARIA ACCIDENTAL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró boleta de notificación al Fiscal de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
LA SECRETARIA
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