REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUADE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Ejido, treinta (30) de Enero del dos mil veinticuatro (2024).--------------------------------------------------------------------------------------------

213° y 164°
De la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se puede verificar que la folio (21 y 22), consta diligencia de fecha veinticuatro (24) de enero de 2024, mediante la cual, el Alguacil Titular de este Tribunal consigno Boleta de Citación debidamente firmada por la ciudadana LEYDA SOFIA SEPULVEDA CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.074.944, domiciliada en la urbanización Asoprieto, calle 2, casa N° 064, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, no asistiendo la misma ni por si ni por apoderado judicial, al tercer (3er), día hábil siguiente a que constara en autos su citación, a los fines de llevar a cabo el RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesta por el ciudadano GENARO MANUEL VASQUEZ TOVAR, asistido por el abogado en ejercicio DICXON ENRIQUE RODRIGUEZ DE ABREU, plenamente identificados al folio uno (1) de la presente solicitud signada con el N° 4565. En consecuencia, cumplida como ha sido la citación personal y vencido como se encuentra el lapso de comparecencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA RECONOCIDO JUDICIALMENTE EL DOCUMENTO PRIVADO, objeto de las presentes actuaciones de conformidad con lo establecido en el Articulo 1364 del Código Civil Venezolano. Termino, se leyó y conforme firma.---------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO.-

LA SECRETARIA,
SOLICITUD N° 4565 ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
YAOS/Oa/ay.-