JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 13 de agosto de 2024.-

214° y 165°
Vista la diligencia de fecha 05 de agosto de 2024 (fl.33), suscrita por el ciudadano MARCELINO NIETO PINILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 11.113.876, parte demandante, debidamente asistido por la abogada YENNITH MAGDALY VELASQUEZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.541.117, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 275.555, en su carácter de Defensora Pública, Segunda Provisoria con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Táchira, mediante el cual de su propia manifestación se desprende:

“… Con la finalidad de solicitar el desistimiento y el desglose de la copia certificada del acta de defunción, copia certificada del Registro de Unión Estable de Hecho, N° 11. De fecha 21 de marzo 2024, expedida por el registro Civil del Municipio Córdoba del Estado Táchira…”

En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL MISMO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente de acuerdo a lo solicitado, este Juzgado de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil acuerda el desglose de los folios de los folios 8, 9; 19 y 20, debiendo dejarse copia fotostática certificada en su lugar y la original para ser entregada a la parte solicitante. Se insta a la parte actora a suministrar los respectivos fotostatos a fin de practicar el desglose solicitado.-





Abg. MSc. José Agustín Pérez Villamizar
Juez Provisorio

Abg. Roland Gilberto Delgado Rojas
Secretario Temporal






JAPV/vycr.-
Exp N° 23.552-24.-