REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (19/09/2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folio útil y anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos MARÍA ELENA PINEDA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, divorciada, con cédula de identidad No. V-5.989.521, domiciliada en la Laguna Real vía Vegones Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte y por la otra los ciudadanos JUAN CARLOS MALDONADO PINEDA y CARMEN ROSA PINEDA DUQUE, venezolanos, mayores de edad, solteros, con cédulas de identidad Nos. V-19.036.138 y V-17.056.487, domiciliados en la avenida cero entre calles 3 y 4 Santa Rita Parte Alta casa sin número Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábiles, asistidos por la abogado en ejercicio MIRNA LUZ MORAN YEPEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.270.En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 20 de noviembre de 2022, inserto en el folio número cuatro (04), sobre la venta de un lote de terreno ubicado en la laguna El Real Municipio Michelena del Estado Táchira, alinderado y medido de la siguiente manera: NORTE, mide treinta metros (30mts), colinda con la vendedora María Elena Pineda Colmenares; SUR, mide treinta metros (30mts), con la carretera publica; ESTE, mide ochenta metros (80mts), colinda con la vendedora María Elena Pineda Colmenares y OESTE, mide ochenta metros (80mts), colinda con Samuel Moreno. Área total del terreno DOS MIL SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (2.063m2).. Siendo parte de lo adjudicado en el LITERAL B de la Separación de Cuerpo y de Bienes, expediente 1.572-2014 del Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira según decisión de fecha 12 de mayo del año dos mil catorce (12/05/2014) emanada en este Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Michelena Y Lobatera De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, folio número treinta y seis (36) de la solicitud número 1.572-2014. Traspasándole a los ciudadanos JUAN CARLOS MALDONADO PINEDA y CARMEN ROSA PINEDA DUQUE, venezolanos, mayores de edad, solteros, con cédulas de identidad Nos. V-19.036.138 y V-17.056.487, domiciliados en la avenida cero entre calles 3 y 4 Santa Rita Parte Alta casa sin número Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábiles, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto a la ciudadana MARÍA ELENA PINEDA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, divorciada, con cédula de identidad No. V-5.989.521, domiciliada en la Laguna Real vía Vegones Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
José Enmanuel Vivas Mendoza
Secretario Accidental…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2734-2023.

José Enmanuel Vivas Mendoza
Secretario Accidental…………..