En el día hábil de hoy, Veintidós (22) de septiembre de 2023, siendo las 11 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el demandante VÍCTOR JULIO MÉNDEZ MORENO, identificado con la cédula de identidad N° V-3.788.804, los coapoderados de la parte demandante CARLOS MANUEL OSTOS CHACÓN y FANNY RACHELL CONTRERAS DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-17.109.587 y v-19.135.761 en su orden, con Inpreabogado Nros.129.689 y 159.898 respectivamente, tal como consta en los folios 39 y 40 del expediente, la Gerente Administrativo de la parte demandada MARIA INES PRADA DE PINTO, titular de la cédula de identidad Nro.V-19.559.730, la apoderada de la parte demandada MIREYDA ELIZABETH RAMIREZ PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.502.257, con Inpreabogado Nro.66.575, tal como consta en los folios 16 al 38 del expediente. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada paga en este acto al ciudadano VÍCTOR JULIO MÉNDEZ MORENO, identificado con la cédula de identidad N° V-3.788.804, la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS (4.500 USD), con lo cual no queda ningún saldo pendiente a favor del Trabajador por prestaciones sociales y otros derechos derivados de la misma. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, ni por ningún otro concepto derivado del mismo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada solicita dos (02) copias certificadas de la presente acta, este Tribunal acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta a la solicitante.
LA JUEZ


ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA


ABOG. ANA MARIA OMAÑA ESCALONA
Los Presentes,

PARTE ACTORA: APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:


VÍCTOR JULIO MÉNDEZ MORENO CARLOS MANUEL OSTOS CHACÓN


FANNY RACHELL CONTRERAS DIAZ
POR LA PARTE DEMANDADA:


MARIA INES PREADA DE PINTO APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:

MIREYDA ELIZABETH RAMIREZ PEÑALVER