JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.-
213° Y 164°

Visto el recurso extraordinario de casación anunciado mediante diligencia de fecha 16 de octubre de 2023 por el abogado Luis Francisco Simón Rincón Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 70.015, asistiendo al ciudadano Ibson Eduardo Cárdenas Méndez, parte demandada, contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 13 de junio de 2023, el tribunal observa: Por cuanto la decisión recurrida es una sentencia definitiva proferida en un proceso que tiene por objeto una pretensión de Impugnación de Partida de Nacimiento cuya materia corresponde al estado y capacidad de las personas, es admisible el recurso conforme al numeral segundo del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se admite a trámite el recurso de casación interpuesto, verificando esta juzgadora que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, esto es: se trata de una sentencia definitiva dictada en última instancia; el recurrente tiene interés procesal porque le fue desfavorable lo decidido; y finalmente, por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 16 de octubre de 2023. Se deja expresa constancia que el día 13 de noviembre de 2023 vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación y hoy 14 de noviembre de 2023 se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original, el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de diciembre del año 2022, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2023, Practíquese lo ordenado, Se insta a la parte recurrente aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N°225.
La Juez,

Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz.-
La Secretaria temporal,


Abg. Greisy Yosifee Vera Manjarrez

Exp 7955