REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 09 DE MAYO DEL 2023.-

213° y 164°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos: MARIA MAGDALENA SAYAGO DE COCCARO, LEDA COHINTA QUINTERO BUSTILLOS y ANA AUXILIADORA BUSTILLOS CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-5.020.066, V-5.033.954 y V-9.212.781, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos y, visto el escrito presentado por la ciudadana: DIGNA MAR CACERES DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-3.795.462, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio HERMES JOSÉ ANDRADE PERNIA, titular de la cedula de identidad N° V-3.999.890, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº58.276, en el cual expone que el día DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DE 2023, falleció quien fuera su esposo, ciudadano ANGEL ARMANDO ROSALES ARAQUE, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 2.551.467, según como se evidencia en el Acta de Defunción Nº 016, de fecha 19 de Febrero del 2023, expedida por el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO GUASIMOS DEL ESTADO TACHIRA. En Consecuencia, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: ARMANDO JOSÉ ROSALES CÁCERES, MARÍA GRACIELA ROSALES DE SERRANO, MARÍA ANGÉLICA ROSALES CÁCERES y DIGNA MAR CÁCERES DE ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Número V-15.502.490, V-15.502.492, V-19.353.616 y V-3.795.462, respectivamente, en su carácter de UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANGEL ARMANDO ROSALES ARAQUE, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.


Abg. HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA
JUEZ SUPLENTE


ABG. WUENDY MONCADA
La SECRETARIA

En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° _____ y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ABG. WUENDY MONCADA
LA SECRETARIA

Solicitud Nº 9389-2023
HCPD/Wm/yn.-