JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, TREINTA Y UNO (31) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (2023).-
213° y 164°
Vista la oposición realizada en fecha 26 de mayo del 2023 (F. 107 al 110 y con anexos del F. 111 al 123), suscrita por el abogado Miguel Ángel Paz Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.147, en su orden, en su carácter de co-apoderado de la parte co-demandada, ciudadana Evaryelin Castillo Jáuregui, a la admisión de pruebas promovidas por la parte demandante de Tercería, se declara EXTEMPORÁNEA la misma, en virtud de encontrarse vencido el lapso de oposición, habida cuenta que dicho lapso comenzó el día 23/05/2023 y finalizó el día 25/05/2023 ambas fechas inclusive.
En consecuencia, vista las pruebas presentadas en fecha 19 de mayo del 2023, (F. 45 al 47 y con anexos del F. 48 al 74) por la parte demandante de tercería, ciudadana Leydy Becerra Fuentes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.244.889, debidamente asistida por el abogado Roger Alberto Montoya Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.939, por cuanto no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.-
Para la evacuación testimonial por parte de los ciudadanos EDUARDO CARRERO y YADELSY CHOCONTA, se fija las 9:30 y 10:30 de la mañana del TERCER día de despacho siguiente al de hoy; para los ciudadanos JHONNY ALVIAREZ y SONIA MONTILLA, se fija las 9:30 y 10:30 de la mañana del CUARTO día de despacho siguiente al de hoy; para los ciudadanos JOSÉ JAVIER PAZ y KATIUSKA DUQUE, se fija las 9:30 de la mañana del QUINTO día de despacho siguiente al de hoy; y para los ciudadanos ELSA VARGAS VARGAS y ANDERSON VÁSQUEZ, se fija las 9:30 de la mañana del SEXTO día de despacho siguiente al de hoy.
De igual forma vistas las pruebas presentadas en fecha 24 de mayo del 2023, (F. 101 al 105) por la parte demandante de tercería, asistida por el abogado antes identificado, el Tribunal NIEGA su admisión por cuanto fueron presentadas extemporáneas, en virtud de que el lapso de promoción de pruebas estuvo comprendido entre el 28/04/2023 al 19/05/2023 ambas fechas inclusive.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal. ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.- JUEZA PROVISORIA.- ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ.- SECRETARIO TEMPORAL.- En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Es todo. .- ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ.-SECRETARIO TEMPORAL.- Exp: 20512 (Tercería).- MMC/nm.- El Suscrito, Secretario Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, certifica que la presente copia es traslado fiel y exacto de su original el cual cursa en el expediente civil Nº 20512 (TERCERÍA), EN EL CUAL LA CIUDADANA LEYDY BECERRA FUENTES, DEMANDA A LOS CIUDADANOS LOS CIUDADANOS EVARYELIN CASTILLO JÁUREGUI, JESSICA ANDREINA ROSALES DE FRANCO, ROMMEL ABEL ROSALES BECERRA Y EDUARD ABEL ROSALES POR RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA (TERCERÍA).



ABG. LUÍS SEBASTIAN MÉNDEZ
SECRETARIO TEMPORAL