REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (12/06/2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de nueve (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos ROPERO AGUDELO YONATHAN ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 16.320.826, domiciliado en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte y por la otra ZAMBRANO MARQUEZ JHONY WILMER, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 9.344.551, de igual domicilio y también hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio MORENO ROSALES WUILLIAN OMAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.924. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 22 de mayo de 2023, inserto en el folio número cuatro (04), sobre la venta de un un lote de terreno propio, que mide diez metros (10 mts) de frente por veinte metros (20 mts) de largo, ubicado en el área urbana del Municipio Michelena del Estado Táchira, encerrado en paredes propias y comprendido dentro de los siguientes linderos: ESTE: que es su frente con la Carrera 04 en construcción; OESTE: con predios de la Sucesión Zambrano Perez; SUR: con predios de Fidel Moreno y NORTE: con predios de la Sucesión Pineda. Lo que aquí doy en venta me pertenece según se evidencia de documento protocolizado ante el Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, inserto bajo el N° 2012.197, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el N° 436.18.13.1.1992 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012 de fecha 05 de Marzo de 2.013. Traspasándole al ciudadano ROPERO AGUDELO YONATHAN ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 16.320.826, domiciliado en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y el ciudadano ZAMBRANO MARQUEZ JHONY WILMER, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 9.344.551, de igual domicilio y también hábil; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma y sus huellas dactilares. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2687-2023.

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria