REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (03/07/2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folio útil y anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos TAPIAS COLMENARES AMABLE ABAD, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 2.552.915, domiciliado en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil; por una parte y por la otra los Ciudadanos TAPIAS COLMENARES ADOLFO SIXTO, TAPIAS DE CASTRO FLOR DE MARÍA, TAPIAS COLMENARES HENRY GREGORIO, TAPIAS COLMENARES LUIS OMAR, TAPIAS COLMENARES GLORIA OMAIRA, TAPIAS COLMENARES SAUL YVAN, TAPIAS COLMENARES FREDDY JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 2.554.611, V- 2.554.610, V- 8.100.775, V- 5.124.492, V- 5.126.283, V- 8.100.776, v- 5.989.628, casados los tres primeros, solteros el cuarto, quinto y sexto y el último divorciado; TAPIAS DE MORENO SANDY JUCELY, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V- 17.056.512, TAPIAS PÉREZ ANNY JULVEY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V- 16.321.206 quien actúa en nombre propio y en nombre y representación de su legítima hermana la Ciudadana TAPIAS PÉREZ YULIANA JUCELIN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 16.321.207, según consta de Poder de Administración y Disposición protocolizado ante el Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, inserto bajo el N° 13, Folio 29531, Tomo 3 del Protocolo de Transcripción del año 2.021, de fecha 14 de Octubre de 2.021, actuando los siete primeros en este acto con el carácter de HEREDEROS del Causante TAPIAS COLMENARES WILLIAM OMERO, y quien falleció ab intestato el día 14 de Marzo del 2.017, según se evidencia de acta de defunción N° 27, expedida por el Registro Civil del Municipio Michelena del Estado Táchira, en fecha 17 de Marzo del 2017, y las tres últimas actuando en representación de su premuerto padre TAPIAS COLMENARES PUBLIO JULIAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 2.554.614 y quien falleció ab intestato el día 02 de Septiembre del 2020, según se evidencia de acta de defunción N° 253, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio MORENO ROSALES WUILLIAN OMAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.924. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 15 de enero de 2023, inserto en el folio número ocho (08), sobre la venta de los siguientes bienes inmuebles: PRIMERO: un terreno con una casa para habitación ubicada en la carrera 01 entre calles 3 y 4 casa S/N sector Santa Rita parte alta del área Urbana del Municipio Michelena del Estado Táchira, en el NIVEL PLANTA BAJA la cual consta de columnas y vigas de concreto, las paredes de bloque frisada, el techo de platabanda con bloque de tabelón y vigas de hierro de doble Tee, el piso es de cemento rústico, las puertas y el portón son de hierro, ventanas de vidrio tipo plegable, posee tuberías para aguas servidas, tubería para agua potable y electricidad por acometida, también hay un (1) solar y un (1) mini sótano, una (1) habitación, dos (2) salas de baño, una (1) cocina, un (1) comedor, una (1) sala, un (1) garaje, un (1) pasillo y una (1) terraza, una (1 ) escalera de concreto para ir al nivel primer piso, alinderado y medido así: NORTE: Con predios de Gloria Omaira Tapias Colmenares, mide treinta y un metros (31 mts); SUR: Con predios de Iris Solibella García Rosales, mide treinta y un metros (31 mts); ESTE: Con la carrera 01, mide seis metros con cincuenta centímetros y OESTE: Con predios de Publio Julián Tapias Colmenares, mide seis metros con cincuenta centímetros (6,50 mts). Con un área de construcción de ciento treinta y dos metros con ochenta centímetros cuadrados (132,80 mts 2) y el área del solar de sesenta y ocho metros con setenta centímetros cuadrados (68,70 mts 2) para un área total de doscientos un metros con cincuenta centímetros cuadrados (201,50 mts 2), correspondiéndole un porcentaje de condominio sobre los gastos de uso común y demás cargas del edificio del 66 %. SEGUNDO: Un lote de terreno propio ubicado en el área Urbana de Michelena, Municipio Michelena del Estado Táchira, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con predios de William Omero Tapias Colmenares, mide catorce metros (14 mts); SUR: Con predios de la Sucesión Molina Pineda, mide catorce metros (14 mts); ESTE: Con predios de Eudocia Montoya Delgado, mide diez metros (10 mts) y OESTE: Con predios de Publio Tapias, mide diez metros (10 mts). Lo que aquí doy en venta me pertenece como se especifica a continuación: el primero según se evidencia de documentos protocolizados ante el Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, inserto bajo la Matrícula 2004RI-TOMOIX-20, Libro de Inscripción de Registro Inmobiliario de fecha 28 de septiembre del 2004; Registro de Mejoras inserto bajo el N° 34, Folio 182, Tomo 3, del Protocolo de Transcripción del año 2016, de fecha 13 de Junio del 2.016 y documento de Condominio inserto bajo el N° 10, Folio 34, Tomo 5, del Protocolo de Transcripción del año 2.016, de fecha 22 de agosto del 2.016 y el segundo por documento inserto bajo la Matrícula 2004RI-TOMOXII-37, Libro de Inscripción de Registro Inmobiliario, de fecha 23 de diciembre del 2004. Traspasándole al ciudadano TAPIAS COLMENARES AMABLE ABAD, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 2.552.915, domiciliado en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y los ciudadanos TAPIAS COLMENARES ADOLFO SIXTO, TAPIAS DE CASTRO FLOR DE MARÍA, TAPIAS COLMENARES HENRY GREGORIO, TAPIAS COLMENARES LUIS OMAR, TAPIAS COLMENARES GLORIA OMAIRA, TAPIAS COLMENARES SAUL YVAN, TAPIAS COLMENARES FREDDY JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 2.554.611, V- 2.554.610, V- 8.100.775, V- 5.124.492, V- 5.126.283, V- 8.100.776, v- 5.989.628, casados los tres primeros, solteros el cuarto, quinto y sexto y el último divorciado; TAPIAS DE MORENO SANDY JUCELY, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V- 17.056.512, TAPIAS PÉREZ ANNY JULVEY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V- 16.321.206 quien actúa en nombre propio y en nombre y representación de su legítima hermana la Ciudadana TAPIAS PÉREZ YULIANA JUCELIN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 16.321.207, según consta de Poder de Administración y Disposición protocolizado ante el Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, inserto bajo el N° 13, Folio 29531, Tomo 3 del Protocolo de Transcripción del año 2.021, de fecha 14 de Octubre de 2.021, actuando los siete primeros en este acto con el carácter de HEREDEROS del Causante TAPIAS COLMENARES WILLIAM OMERO, y quien falleció ab intestato el día 14 de Marzo del 2.017, según se evidencia de acta de defunción N° 27, expedida por el Registro Civil del Municipio Michelena del Estado Táchira, en fecha 17 de Marzo del 2017, y las tres últimas actuando en representación de su premuerto padre TAPIAS COLMENARES PUBLIO JULIAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 2.554.614 y quien falleció ab intestato el día 02 de Septiembre del 2020, según se evidencia de acta de defunción N° 253, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Ayacucho del Estado Táchira; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2697-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
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