JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, DIEZ DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRÉS.
213° y 164°

Vista la diligencia de fecha 6 de julio de 2023, suscrita por la abogada DOLORES GREGORIA NIÑO CASANOVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 38729, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante MERCY ZULAY QUIROGA DE MORALES, DAVID ORLANDO MORALES CONTRERAS, identificada en autos, en la que desiste del recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de fecha 18 de abril de 2023, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en virtud de que el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, da por consumado el desistimiento del recurso de apelación manifestado y así formalmente se decide.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la misma en formato digital PDF según lo preceptuado en Resolución número 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y en su oportunidad legal, bájese el expediente.

La Juez,

Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz.
La Secretaria Temporal,

Abg. Patricia Martina Solórzano Vera.

En la misma fecha y previa las formalidades legales se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, dejándose copia de la misma en formato digital PDF según lo preceptuado en Resolución número 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, para el archivo del tribunal.

En la preindicada fecha, se remitió el presente expediente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, constante de sesenta y seis (66) folios útiles, con oficio número 0530-146.
malg
Exp.8038.