REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
212° y 164°
ASUNTO: SP01-L-2023-000004
PARTE ACTORA: GERSON RAFAEL CEPEDA MONRROY, titular de la cédula de identidad Nro.V-27.567.405
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HOOVER ENRIQUE CEPEDA RUIZ y JORGE VICENTE SOLANO ZAMBRANO, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-22.643.032 Y v-4.629.700 en su orden, con Inpreabogado Nros.185.007 y 188.586 respectivamente
PARTE DEMANDADA: LEIDY MARIAM VELÁSQUEZ ROA, titular de la cédula de identidad No. V- 19.243.767
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA y LUIS ALFREDY FERRER MENDOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.187.085 y V-9.462.831 repectivamente, con Inpreabogado Nros.195.157 y 218.476 en su orden
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Veintiocho (28) de febrero de 2023, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, los coapoderados de la parte demandante HOOVER ENRIQUE CEPEDA RUIZ y JORGE VICENTE SOLANO ZAMBRANO, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-22.643.032 Y v-4.629.700 en su orden, con Inpreabogado Nros.185.007 y 188.586 respectivamente, tal como consta en poder apud acta de fecha 14 de febrero de 2023, que se encuentra agregado en el folio 30 del expediente, la demandada LEIDY MARIAM VELÁSQUEZ ROA, titular de la cédula de identidad No. V- 19.243.767, asistida de los abogados FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA y LUIS ALFREDY FERRER MENDOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.187.085 y V-9.462.831 repectivamente, con Inpreabogado Nros.195.157 y 218.476 en su orden. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagara al ciudadano GERSON RAFAEL CEPEDA MONRROY, titular de la cédula de identidad Nro.V-27.567.405, la suma de CINCO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS (5.000.000 COP) y QUINIENTOS DOCE DOLARES AMERICANOS (512 USD), de la siguiente manera: 1) la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS (2.500.000 COP) en fecha 20-03-2023; 2) la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS (2.500.000 COP) en fecha 10-04-2023, y 3) La suma de QUINIENTOS DOCE DOLARES AMERICANOS (512 USD), en fecha 28-04-2023, con lo cual no queda ningún saldo pendiente a favor del Trabajador por prestaciones sociales y otros derechos derivados de la misma. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, ni por ningún otro concepto derivado del mismo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Ambas partes solicitan copia certificada de la presente acta, este Tribunal acuerda expedir la copia certificada de la presente acta a ambas partes.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
HOOVER ENRIQUE CEPEDA RUIZ JORGE VICENTE SOLANO ZAMBRANO,


PARTE DEMANDADA:
LEIDY MARIAM VELÁSQUEZ ROA


ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA:
FRAN REINALDO BRACHO SEPULVEDA LUIS ALFREDY FERRER MENDOZA