REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (08/08/2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folio útil y anexos constante de doce (12) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos YAMILEC DE LOS ANGELES PAREDES ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, soltera, con cedulas de identidad Nos. V-13.562.361, domiciliada en Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, domiciliada en la calle 11 vereda bis sector el cerro en Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil por una parte y por la otra JESUS LEONEL ARELLANO VIVAS, venezolano, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad No.V-16.321.113, domiciliado en vía el páramo Zumbador Aldea los hornos, sector la curva Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábil, asistidos por la abogado en ejercicio MIRNA LUZ MORAN YEPEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.270.En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 15 de Agosto de 2022, inserto en el folio número cinco (05), sobre la venta de un un lote de terreno propio ubicado en Platanales, Municipio Michelena Estado Táchira, cultivado de rastrojos y árboles frutales, con su correspondiente casa para habitación de pisos de cemento, el cual mide setenta metros de ancho (70mts) por ochenta (80mts) de fondo, alinderado así: PIE, terrenos de la sucesión de Víctor Vivas y la Sucesión de Pedro Pablo Zambrano; COSTADO DERECHO, terrenos de María Eugenia Rosales de Zambrano y COSTADO IZQUIERDO; terreno de la sucesión de Jerónimo Zambrano y Sucesión de Julio Rosales Noguera. El Cual No Posee Vocación Agrícola. Adquirido por documento reconocido por el Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Michelena y Lobatera de la circunscripción Judicial del estado Táchira, sentencia de fecha 22 de junio de 2. 021.Expediente No. 2306-2021. Traspasándole al ciudadano JESÚS LEONEL ARELLANO VIVAS, titular de la cédula de identidad No.V-16.321.113, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto a la ciudadana YAMILEC DE LOS ÁNGELES PAREDES ESCALANTE, titular de la cedula de identidad Nos. V-13.562.361; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2720-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (08/08/2023).
213° y 164°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folio útil y anexos constante de doce (12) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos YAMILEC DE LOS ANGELES PAREDES ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, soltera, con cedulas de identidad Nos. V-13.562.361, domiciliada en Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, domiciliada en la calle 11 vereda bis sector el cerro en Michelena Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil por una parte y por la otra JESUS LEONEL ARELLANO VIVAS, venezolano, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad No.V-16.321.113, domiciliado en vía el páramo Zumbador Aldea los hornos, sector la curva Municipio Michelena del Estado Táchira y también hábil, asistidos por la abogado en ejercicio MIRNA LUZ MORAN YEPEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.270.En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 15 de Agosto de 2022, inserto en el folio número cinco (05), sobre la venta de un un lote de terreno propio ubicado en Platanales, Municipio Michelena Estado Táchira, cultivado de rastrojos y árboles frutales, con su correspondiente casa para habitación de pisos de cemento, el cual mide setenta metros de ancho (70mts) por ochenta (80mts) de fondo, alinderado así: PIE, terrenos de la sucesión de Víctor Vivas y la Sucesión de Pedro Pablo Zambrano; COSTADO DERECHO, terrenos de María Eugenia Rosales de Zambrano y COSTADO IZQUIERDO; terreno de la sucesión de Jerónimo Zambrano y Sucesión de Julio Rosales Noguera. El Cual No Posee Vocación Agrícola. Adquirido por documento reconocido por el Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Michelena y Lobatera de la circunscripción Judicial del estado Táchira, sentencia de fecha 22 de junio de 2. 021.Expediente No. 2306-2021. Traspasándole al ciudadano JESÚS LEONEL ARELLANO VIVAS, titular de la cédula de identidad No.V-16.321.113, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y junto a la ciudadana YAMILEC DE LOS ÁNGELES PAREDES ESCALANTE, titular de la cedula de identidad Nos. V-13.562.361; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, así mismo de ordena el desglose del documento privado quedando copia certificada en su lugar de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2720-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
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