REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (20/04/2023).
212° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de siete (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos CEDEÑO CASTILLO NORA LUISA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad N° V- 5.578.539, domiciliada en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte y por la otra el Ciudadano MÁRQUEZ GUSTAVO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 5.093.977, de igual domicilio y también hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio MORENO ROSALES WUILLIAN OMAR, con Inpreabogado N° 103.924. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 10 de Abril de 2023, inserto en el folio número tres (03), consistente en la venta de un lote de terreno propio ubicado en la Urbanización Los Rosales del Municipio Michelena del Estado Táchira, con casa para habitación de dos pisos de doce metros (12 mts) de frente por treinta y siete metros con cincuenta centímetros (37,50 mts) de fondo con las siguientes características: Primer Piso: consta de garaje, sala, sala-estar, cocina, tres (3) salas de baño, patio, cuatro (4) habitaciones, diez (10) ventanas metálicas, porche con rejas, pisos de cerámica y techos de machimbre, teja y platabanda; Segundo Piso: consta de cocina, comedor, sala, tres (3) habitaciones, cuatro (4) ventanas metálicas, balcón, dos (2) salas de baño, techo de acerolit, pisos de terracota y se deslinda así: NORTE: con predios que son o fueron de los hermanos Labrador Rosales, divide paredes propias; SUR: con predios que son o fueron de José Edwin Vivas Duque, divide paredes propias; ESTE: con predios que son o fueron de los hermanos Labrador Rosales, divide paredes propias y OESTE: con la Carrera 12. El terreno descrito tiene un área de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (450 mts2). Lo que aquí doy en venta me pertenece según se evidencia de documento protocolizado ante el Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, inscrito bajo la matrícula N° 2005RI-TOMOVI-31, Libro de Inscripción de Registro Inmobiliario de fecha 08 de Junio del 2.005. Traspasándole a la ciudadana CEDEÑO CASTILLO NORA LUISA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad N° V- 5.578.539, domiciliada en el Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen; y el ciudadano MÁRQUEZ GUSTAVO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 5.093.977, de igual domicilio y también hábil; reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2645-2023.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria