267 (9126-2022)
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 10 DE NOVIEMBRE DEL 2022.-

212° y 163°

Presentado personalmente por sus firmantes, constante de DOS (02) folios útiles, con recaudos en VEINTIUN (21) folios útiles, la solicitud de PARTICION, presentada por los Ciudadanos: DOMINGA SANCHEZ DE MORA y LUIS ALBERTO MORA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.124.332 y V-8.088.459, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YECELIA KARINA ROJAS ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-16.721.022, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 127.768. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite, cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, en tal virtud.
Los solicitantes fundamentan su pretensión en las disposiciones legales contenidas en el Articulo 175 del Código Civil, que establece:

“Acordada la separación queda extinguida la comunidad y se hará la liquidación de esta”

En el presente asunto la Competencia de este tribunal emana de la aplicación de la Gaceta Oficial N° 39.152, de la Republica Bolivariana de Venezuela, de fecha 02 de Abril del 2009, desprendiéndose de su artículo 3° que:
“Que los Juzgados de Municipio conocerán de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia Civil, Mercantil y Familia, sin que participen niños, niñas y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio y en cualquier otra semejante naturaleza”-

ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNCIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION, A LA PARTICIÓN DE BIENES QUE INTEGRAN LA SOCIEDAD CONYUGAL QUE EXISTIÓ ENTRE LOS CIUDADANOS: DOMINGA SANCHEZ DE MORA y LUIS ALBERTO MORA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.124.332 y V-8.088.459, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YECELIA KARINA ROJAS ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-16.721.022, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 127.768, respectivamente, en los términos por ellos expuestos en el escrito de solicitud, SE DEJA SALVO TODO DERECHO DE TERCEROS.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrenada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, a los diez (10) días del mes de Noviembre de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.



Abg. HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA
JUEZ SUPLENTE




Abg. WENDY MONCADA SECRETARIA

En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 9126-2022, se publicó la anterior decisión, a las diez (10:00 am.), quedando registrada bajo el N° se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. WENDY MONCADA SECRETARIA


Solicitud Nº 9126-2022.
HCPD/Wm/am.