REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (04-05-2022).
212° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos: RONAL FIDEL CONTRERAS SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.717.504, casado, domiciliado en la Aldea Boca de Monte, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra PEDRO ANTONIO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.742.570, casado, domiciliado en la Aldea Boca de Monte, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, y su cónyuge YARITZA MARISELA MORA DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-12.229.338, casada, domiciliada en la Aldea Boca de Monte, Municipio Michelena del Estado Táchira y civilmente hábil, dando su respectiva autorización, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949, En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 16 de septiembre de 2016, inserto en el folio número cuatro (04), dos lotes de terreno propio que hoy se encuentran unidos en un solo cuerpo, ubicado en la comunidad de El Picacho, Aldea Boca de Monte, Municipio Michelena del Estado Táchira, alinderado según levantamiento topográfico que se encuentra archivado en el cuaderno de comprobantes bajo el Nº 2497, Folio 2981-2986, de fecha 24 de mayo de 2010, así: NORTE: con la carretera que comunica a Michelena y el Páramo El Zumbador, SUR: con la denominada Loma del Picacho, separada por la vía que constituye su lindero y que comunica a Angarabeca con la antena de Los Picachos; ESTE: con Carmen Rosa Gómez, Luciano Contreras y José Escalante Roa; y OESTE: con terrenos que son o fueron de Jesús Contreras, dirección Boca de Monte y camino que va a los Hornos de las Talas. Con un área total de CIENTO VEINTISIETE HECTÁREAS CON DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (127 Has. 250 m2). Lo aquí descrito representa todo lo descrito en documento Inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena, Estado Táchira, de fecha 24 de mayo de 2010, bajo el Nº 2010.1561, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº 436.18.13.1.990 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010. Traspasándole al ciudadano: RONAL FIDEL CONTRERAS SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.717.504; la plena propiedad, posesión y dominio de los inmuebles vendidos, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y los ciudadanos PEDRO ANTONIO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad número V-10.742.570, y su cónyuge YARITZA MARISELA MORA DE CONTRERAS, titular de la cédula de identidad número V.-12.229.338, dando su respectiva autorización, reconocen en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria.…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2489-2022.


Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria.