REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SANTA ANA, SEIS (06) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS (2022).-
213° Y 163°
Visto el contenido del acto realizado por los ciudadanos: GAMAL CHOUFI CHOUFI, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.252.784 y ROSSELL LAYNETH RAMIREZ RUIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.154.564. Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: El ciudadano GAMAL CHOUFI CHOUFI, realiza el ofrecimiento de Obligación de Manutención, y se compromete en hacer entrega los primeros cinco (05) de cada mes la cantidad de CIEN MIL (100.000,00) PESOS o en Bolívares a la tasa establecida por el BCV para cubrir los de alimentación de su menor hijo, por lo que solicita le sea entregado un recibo debidamente firmado.
SEGUNDO: El ciudadano GAMAL CHOUFI CHOUFI se compromete en cubrir en un 100% los gastos referentes a consultas medicas, medicamentos, vestuario, calzado, actividades educativas y culturales.
TERCERO: Cumpliendo el Régimen de Convivencia, establecido por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, buscará al niño los días martes y se regresará el día miércoles, pero si algún fin de semana puede buscar al niño, quiere que la mama me lo permita.
CUARTO: Solicita que cualquier queja que sea por el incumplimiento, sea a través del Tribunal.
QUINTO: Seguidamente la ciudadana: ROSSELL LAYNETH RAMIREZ RUIZ, ya identificada, visto lo expuesto por el ciudadano: GAMAL CHOUFI CHOUFI manifiesta aceptar el ofrecimiento en los términos indicados y conforme al Regimen de Convivencia, asi mismo se compromete en hacer entrega del recibo correspondiente.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, Seis (06) de Junio de Dos mil Veintidós (2022).-



ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
JUEZ SUPLENTE



ABG. YSLEY Y. GALVIZ P.
SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.




SECRETARIA