TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 03 de Junio de 2022.
210° y 159°
ACTO CONCILIATORIO
DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL
EXPEDIENTE Nº 8967-22

PARTE DEMANDANTE: GANCON SOCIEDAD ANONIMA (GANCOSA) representada por la presidenta MARIA LORENA GANDICA DE PORRAS
PARTE DEMANDADA: YESID JADEC VEGA QUINTERO.

En horas de despacho del día de hoy 03 de Junio de 2022, día y hora para que tenga lugar el acto conciliatorio, fijado mediante auto de admisión de fecha 15 de marzo de 2022, siendo las 09: 00 a.m , se constituyó el tribunal en la sala del mismo a los fines de dar inicio al presente acto, estando presentes la parte actora Sociedad Mercantil GANCON SOCIEDAD ANONIMA (GANCOSA) representada por la presidenta MARIA LORENA GANDICA DE PORRAS, debidamente asistida por el abogado GERMAN ROLANDO PEÑARANDA RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 104.756 y la parte demandada YESID JADEC VEGA QUINTERO, debidamente asistido del abogado TULIO ABAD MARTINEZ PEREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 31.102.
Ahora bien, presentes como están las partes, se hace saber a las mismas las reglas mínimas a seguir en el desarrollo de este acto, el cual será presidido por la ciudadana Juez de este Tribunal abogado Margelis Contreras Fuenmayor, quien seguidamente declara abierto el acto y da inicio al acto conciliatorio, recordándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes, evitando un proceso prolongado, instando a las partes a buscar una solución consensuada al conflicto, informándole que el objeto de la presente acto es lograr conciliar entre las mismas.
Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte actora sociedad mercantil GANCON SOCIEDAD ANONIMA (GANCOSA) representada por su presidenta MARIA LORENA GANDICA DE PORRAS, debidamente asistida del abogado GERMAN ROLANDO PEÑARANDA RODRIGUEZ, antes identificados: “ Motivado a la demanda que fue interpuesta en contra del arrendatario YECID JADEC VEGA QUINTERO insisto formalmente en la demanda, pero a su vez, me encuentro en la disposición a través de la conciliación de concederle al mismo un plazo de doce (12) meses, a los fines que el mismo haga entrega material del local comercial objeto del presente juicio libre de personas y de bienes sin prorroga alguna, es todo”.
Acto seguido, se le concede el derecho de palabra a la parte demandada YECID JADEC VEGA QUINTERO, debidamente asistida del abogado TULIO ABAD MARTINEZ PEREZ antes identificado, el cual expone: “ Oída la propuesta de la demandante convengo y acepto los doce (12) meses para entregar el local comercial objeto de la presente demanda de local comercial, ubicado en la carrera 13 entre calles 12 y 13 n° 12-70 Barrio San Carlos, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, apercibidos de ejecución a los efectos de dar por terminada la presente relación contractual y solicitamos respetuosamente, que la presente transacción se dé el carácter de cosa juzgada en la homologación que haga el tribunal a su digno cargo y una vez que se entregue el local comercial se ordene el archivo del presente expediente, es todo “
Oídas las exposiciones de las partes, en este estado, las mismas solicitan al tribunal la homologación del presente acuerdo y que se le dé el carácter de cosa juzgada.
Visto lo manifestado por las partes, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA HOMOLOGADO el presente acuerdo de conformidad con el artículo 256 del código de procedimiento civil otorgándole el carácter de cosa juzgada y ejecutiva . Es todo, terminó, siendo las 10:24 de la mañana, se leyó y conformes firman.
La Juez Provisoria,

Abg. Margelis Contreras Fuenmayor

Los comparecientes,
La parte actora El abogado asistente

María Lorena Gandica
Presidenta de GANCON Sociedad Anónima Abg. German Peñaranda
(GANCOSA)
La parte demandada Abogado asistente

Yecid Jadec Vega Abg. Tulio Martínez

La Secretaria Titular,

Abg. Heidy Flores Landazábal






Exp. 8967-21
MMCF/mmcf