REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (22-02-2022).
211° y 162°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de siete (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos: JOSÉ MARTIN PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.755.486, soltero, domiciliado en Potrero de las Casas, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra BLANCA ZENAIDA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº V-8.105.635, soltera, domiciliada en la Aldea Potrero de las Casas, Municipio Lobatera del Estado Táchira y civilmente hábil, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana NELI MARÍA RAMÍREZ DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.125.901, viuda, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, y civilmente hábil, según Poder General de Representación, Administración y Disposición, inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, de fecha 16 de septiembre de 2021, bajo el Nº 5, folio 9510, Tomo 3 del Protocolo de Transcripción del año 2021; asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 21 de septiembre de 2021, inserto en el folio número cuatro (04), consistente sobre la venta de resto de un lote de terreno ubicado en La Tamuca, Aldea Potrero de Las Casas, Municipio Lobatera del Estado Táchira, alinderado y medido según Levantamiento Topográfico que se presenta para ser agregado al cuaderno de comprobantes así: NORTE: mide en línea quebrada cuatrocientos cuarenta y dos metros (442 m), con un callejón, SUR: mide cuatrocientos dieciocho metros con veinte centímetros (418,20 m), con carretera vía casa del padre en parte, y en parte Vladimir Acero, ESTE: mide ochenta y ocho metros (88 m), con la Comunidad de La Loma de la Piedra del Perro; y OESTE: mide en línea quebrada ciento cuarenta y nueve metros (149 m), con Pablo Zambrano, César Arellano y Corina Porras. Con un Área total de VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CON TREINTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS (28.457,31 m2). Lo aquí descrito representa resto de lo que adquirió mi representada según Documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, de fecha 16 de agosto de 2006, bajo el Nº 19, Folios 82 al 85, Tomo II, Protocolo 1º, correspondiente al Tercer Trimestre del año 2006. Traspasándole al ciudadano: JOSÉ MARTIN PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.755.486, soltero, domiciliado en Potrero de las Casas, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio de los inmuebles vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y la ciudadana BLANCA ZENAIDA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº V-8.105.635, soltera, domiciliada en la Aldea Potrero de las Casas, Municipio Lobatera del Estado Táchira y civilmente hábil, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana NELI MARÍA RAMÍREZ DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.125.901, viuda, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, y civilmente hábil, según Poder General de Representación, Administración y Disposición, inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Michelena del Estado Táchira, de fecha 16 de septiembre de 2021, bajo el Nº 5, folio 9510, Tomo 3 del Protocolo de Transcripción del año 2021, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 256 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria.…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2460-2022.


Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria.