REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, Lunes 04 de Abril de 2022
211º y 163º

ASUNTO: SP01-L-2017-000197

Vista la diligencia presentada el 01 de abril de 2022 por el abogado MANUEL GERARDO GRAZIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.580, apoderado judicial de la parte recurrente Sociedad MERCANTIL DISTRIBUIDORA LA GRAN MERCERÍA C.A, por medio de la cual manifiesta que desiste del procedimiento del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de efectos, interpuesto en contra de la providencia administrativa número 19-04, de fecha 27 de febrero del 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, en el expediente administrativo N° 249-03, nomenclatura llevada por ese órgano administrativo, que decretó el reenganche y salarios caídos de la Ciudadana RAIZA ESNEDA PARADA, venezolana, mayor de edad, identificada con la Cédula de Identidad número V.-11.322.834, en consecuencia, conforme al contenido del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal, homologa el desistimiento del procedimiento presentado por el abogado MANUEL GERARDO GRAZIA, ya identificado, dándole efectos de la cosa juzgada y una vez transcurrido el lapso para recurrir del presente auto se declarará terminada la causa y se ordenará el archivo definitivo del expediente. Cúmplase.
La Jueza,


Abg. Zayda Yorlett Chávez Cáceres


El Secretario Judicial


Abg. Richard Anderson Castillo Castellanos