Visto el convenimiento celebrado en fecha veintinueve (29) de octubre de 2021, por los
ciudadanos JOSE ISAEL MONCADA DELGADO y LUZ ALEJANDRA MONCADA, venezolanos,
mayores de edad, portadores de la cédula de identidad Nº 9.217.057 y 19.776.648
respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS LORENZO ARREAZA, inscrita
en el Inpreabogado bajo el N° 16.645, mediante el cual la demandada de autos LUZ
ALEJANDRA MONCADA, conviene en todas y cada una de sus partes la presente acción, en
consecuencia este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de
Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la
HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de
cosa juzgada. Se da por terminado este juicio, procédase al archivo del expediente. Déjese
copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.