JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, a los tres (03) días del mes de Noviembre de Dos Mil Veintiuno (2021).

211° y 162°

Por cuanto la parte apelante en la presente causa no se hizo presente a la audiencia de apelación a la hora indicada, 9:30 am., el alguacil hizo el anuncio a las puertas del Tribunal, sin que el recurrente y/o su apoderado se presentase, se concedió el tiempo de espera de treinta (30) minutos sin que se verificara la asistencia. En consecuencia, este Tribunal a tenor del articulo 117 de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en concordancia con el 115 ejusdem, se declara EXTINGUIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el apoderado judicial de la parte demanda, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 23 de marzo de 2021. Remítase de inmediato el presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio

El Juez Titular


Miguel José Belmonte Lozada



La Secretaria Temporal,


Mariajosé Mejia García