JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 27 de mayo de 2021.
209º y 162º
Visto el escrito anterior remitido vía correo electrónico institucional en
fecha 24 de mayo de 2021 (fs. 92 y 93), y consignado en físico en fecha 26 de
mayo del mismo año, suscrito por el abogado CARLOS ENRIQUE MORENO
con Inpreabogado Nº 103.137, en su carácter de apoderado judicial de la parte
demandada, por una parte y por la otra, la abogado BILMA CARRILLO
MORENO, con Inpreabogado No. 129.288, apoderado judicial de la ciudadana
MARÍA TIBISAY DEL VALLE FUENTES RODRÍGUEZ, parte demandante,
con cédula de identidad No. V-4.212.956, contentiva de la TRANSACCIÓN
celebrada entre ellos, considera este Tribunal que resulta inoficioso la
publicación del íntegro de la sentencia y en su lugar de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA
LA TRANSACCIÓN en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter
de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Remítase a las partes el
presente auto vía correo electrónico, de conformidad con lo pautado en la
Resolución Nº 05-2020 de fecha 05 de octubre de 2020 emanada de la Sala de
Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. Dayana M. Rivas Hidalgo
El Secretario (T),
Abg. Breitner E. Álvarez P.