REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIDÓS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (22-06-2021).
211° y 161°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de seis (06) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos: NUBIA ZUNILDE JAIMES GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.688.046, soltera, domiciliada en Borota, Parroquia Constitución, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil; por una parte; y por la otra, BERTA ALIDA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-1.891.315, soltera, domiciliada en Borota, Parroquia Constitución, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 07 de junio de 2021, inserto en el folio número tres (03), consistente sobre parte de un lote de terreno ubicado en la carrera 5 Nº 2-31, del Área urbana de Borota, Parroquia Constitución, Municipio Lobatera del Estado Táchira, alinderado y medido según Levantamiento Topográfico que se presenta así: NORTE: mide seis metros con cincuenta centímetros (6,50 m), con terreno de Berta Alida Guerrero; SUR: mide en líneas quebradas ocho metros (8 m), en parte con la calle 5 y parte con propiedad de Berta Alida Guerrero; ESTE: mide diez metros con setenta centímetros (10,70 m), con terrenos que son o fueron de Aida Cárdenas de Mora; y OESTE: mide ocho metros con setenta centímetros (8,70 m), con Berta Alida Guerrero. Con un área total de terreno de CINCUENTA Y TRES METROS CON NOVENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (53,90 m2). Representa parte de lo adquirido según documento Protocolizado por ante la oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, de fecha 22 de abril de 1996, bajo el N° 14, Folios 45 al 47, Tomo I, Protocolo 1°, correspondiente al Segundo Trimestre del año 1996. Traspasando a la compradora la propiedad, dominio y posesión del inmueble vendido, con sus usos, costumbres y servidumbres conocidas, sin reservas, ni gravamen y bajo la garantía del saneamiento de Ley. Y la ciudadana BERTA ALIDA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-1.891.315, soltera, domiciliada en Borota, Parroquia Constitución, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 256 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal

Yuliana Porras Rivas
La Secretaria ………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2305-2021.


Yuliana Porras Rivas
La Secretaria ………..