REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (21-06-2021).
211° y 161°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de seis (06) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos NERY ROSALES ROSALES, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad número: V- 4.627.036, domiciliada en Borotá, Parroquia Constitución, del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil; por una parte y por la otra parte, CARLOS ENRIQUE PINEDA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 18.161.086, soltero, domiciliado en La Curiacha, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio, MARCOS ALEXIS SUAREZ GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 183.958. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 20 de marzo de 2021, inserto en el folio número tres (03), consistente sobre la venta de un lote de terreno propio, identificado como lote 2, ubicado en el páramo la Curiacha, Parroquia Constitución, del Municipio Lobatera, Estado Táchira, alinderado y medido así: NORTE: mide ocho metros (8, mts), antes con lote 1, hoy con Cherry Elvis Pernía Sánchez; SUR: mide ocho metros (8 mts) antes con lote 3, hoy con Fernando Álvarez; ESTE: mide quince metros (15 mts), con terrenos Josefina Delgado Escalante, Ana Sofía Delgado Escalante, y Corina Delgado Escalante; y OESTE: mide quince metros (15 mts), con vereda privada de entrada y salida de cuatro (4) metros de ancho, separa terrenos de Marcos Guerrero. Con un ÁREA total deCIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 m2). Lo que aquí descrito fue adquirido en documento inscrito bajo el N° 2016.118, Asiento Registral 1, del Inmueble matriculado con el N° 435.18.7.2.930 y correspondiente al libro del Folio Real del año 2016, de fecha 06 de Abril de 2016. Traspasándole al ciudadano, CARLOS ENRIQUE PINEDA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 18.161.086, soltero, domiciliado en La Curiacha, Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y la ciudadana NERY ROSALES ROSALES, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad número: V- 4.627.036, domiciliada en Borotá, Parroquia Constitución, del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también sus firmas y sus huellas dactilares. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 256 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal

Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2303-2021.


Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..