REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, primero (01) de diciembre de 2021.

211° y 162°

SOLICITANTES: ISIDRO MENDEZ BLANCO y BELKYS ROCIO ESTRADA JAIMES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-9.208.471 y V.-13.891.119, hábiles, domiciliados en ciudad de San Cristóbal del estado Táchira; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio HERNANDO JAIMES CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad e inscrito en el IPSA bajo el Numero 157.231.
MOTIVO: PARTICION AMISTOSA.
SOLICITUD No. 1425-21.

Recibida por distribución, el libelo, los recaudos consignados, constantes todo de siete (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMITASE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
En consecuencia, vista la solicitud de PARTICIÓN AMISTOSA presentada por los ciudadanos ISIDRO MENDEZ BLANCO y BELKYS ROCIO ESTRADA JAIMES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-9.208.471 y V.-13.891.119, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, por encontrarla conforme a derecho le imparte la HOMOLOGACION DE LEY A LA PARTICION AMISTOSA en la forma convenida por ellos, y le otorga el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a la norma prevista en los artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia queda disuelta la Comunidad Conyugal, en los mismos términos explanados en la solicitud, lo cual es de la siguiente manera: ÚNICO: Para BELKYS ROCIO ESTRADA JAIMES, antes identificada, le fue adjudicada la propiedad del siguiente bien: 1.- El 100% de un Inmueble constituido por un lote de terreno propio, ubicado en la vereda 8, No. s/n, del Barrio Andrés Eloy Blanco, Aldea El Rio, Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, e inscrito con el N° de catastro 20-23-04-U01-006-001-104-000-P00-000. El referido inmueble tiene una superficie de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS (160,00 MTS2) con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con propiedades de Arnoldo ayona, hoy vereda pública, mide 6 metros; SUR: Con vereda 8 del Barrio, mide diez metros (10 mts); ESTE: Con vereda pública, mide veinte metros (20 mts); y OESTE: Con propiedades que son o fueron de Sabino López Buitrago, mide veinte metros (20 mts). Debidamente Registrado por ante el Registro Público del otro Distrito hoy Municipio San Cristóbal del estado Táchira, en fecha 17 de agosto de 1993, bajo el N° 15, Tomo 18, Protocolo Primero, Tercer Trimestre. Éste Tribunal, dispone que por Secretaría, se expida un (1) juego de copia computarizada certificada del escrito de la Partición Amistosa y del presente auto a los fines de su registro. Por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-


ABG. MASSIEL ZORAIDA ZAMBRANO PLATA
Juez Provisoria
ABG. NIDELYS PÉREZ SÁNCHEZ
Secretaria Temporal
MZP.-