Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. El Vigía, ocho (08) de diciembre del año 2021.
211º y 162º
DEMANDANTE: DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA, venezolano, mayor de edad, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 18.499.855, asistido por la Abogada LUZ MAGALY YEPES OMAÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.354.488, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 193.842, y hábiles.
DEMANDADA: YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad N° V.- 18.902.623 y hábil.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A


PARTE NARRATIVA

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, por medio del cual el ciudadano: DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA, venezolano, mayor de edad, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 18.499.855, asistido por la Abogada LUZ MAGALY YEPES OMAÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.354.488, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 193.842, y hábiles, solicita el DIVORCIO 185-A.
En fecha trece (13) de octubre de 2021, el Tribunal recibe previa distribución el escrito de solicitud de Divorcio 185-A suscrito por el ciudadano DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA, asistido por la Abogado LUZ MAGALY YEPES OMAÑA, ya identificados.
En fecha veinticinco (25) de octubre de 2021, fue admitida la presente solicitud, por ser este Tribunal competente por el territorio y la materia, y en virtud de que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, se ordenó la citación de la ciudadana YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE y se libró boleta de notificación a la FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA EN PROTECCION AL NIÑO, AL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA SEDE EL VIGIA.
En fecha cuatro (04) de noviembre de 2021, el Alguacil Temporal del Tribunal, dejo constancia que recibió los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática de la boleta de citación y notificación.
En fecha quince (15) de noviembre de 2021, el ciudadano Alguacil Temporal de este Tribunal, agregó a la presente solicitud boleta de citación debidamente firmada por la ciudadana YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE.
En fecha dieciséis (16) de noviembre de 2021, se hizo presente por ante este Tribunal la ciudadana YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE, ratificó el escrito de solicitud de Divorcio 185-A.
En fecha diecisiete (17) de octubre de 2021, el Alguacil Temporal del Despacho devolvió boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal para la Protección al Niños, Niñas y Adolescente Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida.
A efectos de decidir el Tribunal observa:

PARTE MOTIVA

Consta en autos: PRIMERO: Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA y YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE, ambos plenamente identificados en autos, celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Héctor Amable Mora Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, de fecha veintisiete (27) de noviembre de 2014. SEGUNDO: Copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los cónyuges. TERCERO: En la presente solicitud el solicitante ciudadano DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA, manifiesta haber permanecido separados de hecho desde el 15 de enero de 2016, ocurriendo la ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano, durante la unión conyugal no procrearon hijos y no adquirieron bienes de fortuna. CUARTO: No habiendo hecho objeción alguna a la misma la Fiscalía del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida con sede en El Vigía, y establecido como ha quedado que es voluntad de los cónyuges el separarse, este Tribunal pasa a dictar sentencia en la presente causa.

PARTE DISPOSITIVA

En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRINI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con el Artículo 185-A y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DARWIN ALONSO ARAQUE MONTILVA y YARITZA FIDELINA LAGUNA DE ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 18.499.855 y V.- 18.902.623, respectivamente.
PUBLIQUESE, COPIESE Y REGISTRESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en el Vigía a los ocho (08) días del mes de diciembre del año 2021.-


Abg. JOSE VALDEMAR MOLINA MANURE
JUEZ TEMPORAL



Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA TEMPORAL