REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, DIECISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (16-04-2021).
210° y 161°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de catorce (14) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO SILVA GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.096.227, domiciliado en La Aldea El Oso, jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira, y civilmente hábil, y JOSE AMÉRICO CARDOZA RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.347.171, soltero, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio JONAN ARECIO SANDOVAL GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.587. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de fecha 02 de septiembre de 2019, inserto en el folio número cuatro (04), consistente sobre la venta de un lote de terreno propio, con un área de mil doscientos ochenta y siete metros cuadrados (1287,00 m2), ubicado en la Aldea El Oso, Municipio Lobatera, Estado Táchira, dentro de los siguientes linderos y medidas: ESTE antes Cabecera u Oriente: con terreno adjudicado a Nelso Gregorio Silva Guerrero, divide camino vecinal y cerca de alambre, mide doce metros (12,00 mts), OESTE antes Pie u Occidente: con propiedades de Luis Ignacio Delgado, divide cerca de alambre, mide quince metros (15,00 mts), SUR: con terrenos que son o fueron de la sucesión Delgado, mide ciento cinco metros (105,00 mts), NORTE: con terrenos de Marino Moncada, mide noventa y cuatro (94,00 mts). Lo aquí descrito representa todo lo que adquirí en la Segunda Adjudicación, Primera Cartilla del reparto hereditario, documento Registrado por ante La Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, bajo el Nº 16, Folios 56 al 65, Tomo I, Protocolo Primero, correspondiente al segundo trimestre del año 2002, de fecha treinta (30) de abril del 2002. Traspasándole al JOSE AMÉRICO CARDOZA RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.347.171, soltero, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y el ciudadano JOSÉ ANTONIO SILVA GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.096.227, domiciliado en La Aldea El Oso, jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira, y civilmente hábil, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 256 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.






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| En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2270-2021.