REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (12-04-2021).
210° y 161°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de cuatro (04) folio útil y anexos constante de ocho (08) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos: JESÚS MARÍA MENDOZA DURÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.060.567, casado, domiciliado en jurisdicción del Municipio Cárdenas Estado Táchira y civilmente hábil, JONAN ARECIO SANDOVAL GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.º V14.368.852, Topógrafo, inscrito en el Colegio Venezolano de Profesionales en la Topografía, bajo el N.º 1379, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera Estado Táchira, EULOGIO DELGADO ESCALANTE, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.096.360, LUIS ELADIO DELGADO ESCALANTE, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.091.754, JOSÉ ANTONIO SILVA GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.096.227, domiciliados en La Aldea El Oso, jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira, y civilmente hábiles, JOSE AMERICO CARDOZA RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.347.171, soltero, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, y CARMEN ROSA ROJAS DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.063.858, casada, domiciliada en jurisdicción del Municipio Cárdenas Estado Táchira y civilmente hábil, conyugue de JESUS MARIA MENDOZA DURÁN, ya identificado, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio JONAN ARECIO SANDOVAL GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.587. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de fecha 02 de septiembre de 2019, inserto en los folios números seis (06) y siete (07), consistente sobre la venta y Aclaratoria que se hace en este mismo Acto. PRIMERO: el ciudadano, JESUS MARIA MENDOZA DURÁN, ya identificado, soy propietario de una extensión de terreno propio constituido por dos lotes de terreno cultivado de café, ubicado en la Aldea El Oso, Municipio Lobatera, Estado Táchira, Alinderado y Medido así: NORTE: Con Terreno de Eladio Delgado, separa cerca de alambre y terreno de Fausto Duran, separa Camino Vecinal; SUR: Con terrenos que son o fueron de Eladio Delgado, separa cerca de alambre de púas; ESTE: Con Terreno de los sucesores de Amadeo Guerrero, separa cerca de alambre; y OESTE: Con terrenos que son o fueron de Eladio Delgado, separa cerca de alambre de púas. Lo aquí descrito representa todo lo que adquirí por documento Registrado por ante La Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, bajo el Nº 70, Folios 110 al 112, Protocolo Primero, cuarto trimestre, de fecha 29 de noviembre de 1989. SEGÚNDO: Sobre la veracidad de la propiedad no queda ninguna duda, sólo que al describir el inmueble no se colocaron las medidas de los linderos y el área total del terreno. Para subsanar dicho error el ciudadano Jonan Arecio Sandoval Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.º V14.368.852, Topógrafo, inscrito en el Colegio Venezolano de Profesionales en la Topografía, bajo el N.º 1379, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera Estado Táchira, realizó el levantamiento topográfico, en compañía de los vecinos: EULOGIO DELGADO ESCALANTE, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.096.360, LUIS ELADIO DELGADO ESCALANTE, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.091.754, y JOSÉ ANTONIO SILVA GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.096.227, domiciliados en La Aldea El Oso, jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira, y civilmente hábiles, que se presenta para ser agregado al cuaderno de comprobantes y sus linderos, medidas y puntos cardinales actuales quedaron de la siguiente forma: una extensión de terreno propio constituido por dos lotes de terreno cultivado de café, ubicado en la Aldea El Oso, Municipio Lobatera, Estado Táchira, Alinderado y Medido así: NORTE: Con Terreno hoy de Luis Eladio Delgado Escalante, separa Camino Vecinal, mide treinta y siete metros con setenta centímetros (37,70 m); SUR: Con terrenos hoy de Eulogio Delgado Escalante, separa cerca de alambre de púas, mide noventa y seis metros con cincuenta centímetros (96,50 m); ESTE: Con Terreno hoy de José Antonio Silva Guerrero, separa cerca de alambre, mide ciento cincuenta y ocho metros con cincuenta y un centímetros (158,51 m); y OESTE: Con Terreno hoy de Luis Eladio Delgado Escalante, separa cerca de alambre de púas, mide ochenta y tres metros con cincuenta centímetros (83,50 m), con un área de seis mil novecientos treinta y cuatro metros cuadrados con setenta y un centímetros cuadrados (6.934,71 m2), separa sus colindancias cercas de alambre y mojones de piedra. Quedando de la siguiente manera: una extensión de terreno propio constituido por dos lotes de terreno cultivado de café, ubicado en la Aldea El Oso, Municipio Lobatera, Estado Táchira, Alinderado y Medido así: NORTE: Con Terreno hoy de Luis Eladio Delgado Escalante, separa Camino Vecinal, mide treinta y siete metros con setenta centímetros (37,70 m); SUR: Con terrenos hoy de Eulogio Delgado Escalante, separa cerca de alambre de púas, mide noventa y seis metros con cincuenta centímetros (96,50 m); ESTE: Con Terreno hoy de José Antonio Silva Guerrero, separa cerca de alambre, mide ciento cincuenta y ocho metros con cincuenta y un centímetros (158,51 m); y OESTE: Con Terreno hoy de Luis Eladio Delgado Escalante, separa cerca de alambre de púas, mide ochenta y tres metros con cincuenta centímetros (83,50 m), con un área de seis mil novecientos treinta y cuatro metros cuadrados con setenta y un centímetros cuadrados (6.934,71 m2), separa sus colindancias cercas de alambre y mojones de piedra. Lo aquí descrito representa todo lo que adquirí por documento Registrado por ante La Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera, Estado Táchira, bajo el Nº 70, Folios 110 al 112, Protocolo Primero, cuarto trimestre, de fecha 29 de noviembre de 1989, y por Documento de Aclaratoria que se hace en este mismo Acto. Traspasándole al JOSE AMÉRICO CARDOZA RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.347.171, soltero, domiciliado en jurisdicción del Municipio Lobatera, Estado Táchira y civilmente hábil, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y los ciudadanos JESÚS MARÍA MENDOZA DURÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.060.567, casado, domiciliado en jurisdicción del Municipio Cárdenas Estado Táchira y civilmente hábil, y CARMEN ROSA ROJAS DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.063.858, casada, domiciliada en jurisdicción del Municipio Cárdenas Estado Táchira y civilmente hábil,actuando como conyugue y autorizando dicha venta, reconoce, en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 256 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal

José Enmanuel Vivas Mendoza
Secretario Accidental…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2267-2021.


José Enmanuel Vivas Mendoza
Secretario Accidental…………..