REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS, Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
La Grita, 31 de OTUBRE de 2019
209º Y 159º
PARTE SOLICITANTE: GLORIA DOLORES ROMERO DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-9.336.667, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, debidamente asistida por La abogada en ejercicio MARICELA MARGARITA MANSILLA CONTRERAS, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-9.126.258, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.945, de este domicilio y hábil.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITUD: N° 2743
En fecha, 11-10-2019, se recibió por distribución solicitud suscrita por la ciudadana: GLORIA DOLORES ROMERO DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-9.336.667, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, debidamente asistida por La abogada en ejercicio MARICELA MARGARITA MANSILLA CONTRERAS, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-9.126.258, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.945, de este domicilio y hábil.; constante de dos (02) folios útiles, solicitud de Únicos y Universales Herederos, junto con Treinta (30) anexos; en la cual pide se le declare como únicos y universales herederos del causante: JOSE BENJAMIN ROMERO ZAMBRANO, a los ciudadanos: GLORIA DOLORES ROMERO DE RAMIREZ, GUSTAVO ALBERTO ROMERO GOMEZ, JOSE SINECIO ROMERO GOMEZ, RAMON PASTOR ROMERO GOMEZ, HUMBERTO DE JESUS ROMERO GOMEZ, CECILIA DEL CARMEN ROMERO GOMEZ, LUIS GERMANICO ROMERO GOMEZ, REINALDA DEL ROSARIO ROMERO GOMEZ, RAMONA EMERITA ROMERO GOMEZ, ALIS TERESA ROMERO DE DUQUE, VICTOR MANUEL ROMERO GOMEZ, VICENTE ELIAS ROMERO GOMEZ, PABLO EMILIO ROMERO GOMEZ, y PEDRO DANIEL ROMERO GOMEZ, en su carácter de HIJOS. (F. 1-32).
En fecha 16-10-2019, Este Tribunal, le dio entrada a la solicitud se inventario, se prosiguió el curso de Ley correspondiente. A los fines de fijar oportunidad de evacuación de los testigos se insto a la parte solicitante a que consignara copia fotostática certificada del acta de matrimonio de la ciudadana: MYRIAM ELENA MORENO DE ROMERO, así como de copia certificada del acta de nacimiento de sus hijos, respectivamente quienes poseen cualidad de herederos por derecho de representación del causante: LUIS GERMANICO ROMERO GOMEZ así como indicar si el premuerto HUMBERTO DE JESUS ROMERO GOMEZ dejo descendencia o no. (F. 33).
En fecha 22-10-2019, Este Tribunal, Observa diligencia de la parte solicitante donde consigna para ser agregado copia fotostática certificada del acta de matrimonio de: LUIS GERMANICO ROMERO GOMEZ y copia del acta de nacimiento del premuerto: HUMBERTO DE JESUS ROMERO GOMEZ, en la que expresa a su vez que este ultimo no dejo descendencia. (F. 34-38).
En Fecha 24-10-2019 el Tribunal emite auto donde se insta a la parte solicitante a que consigne la totalidad de lo peticionado. (F 39).
En fecha 25-10-2019, Este Tribunal, Observa diligencia de la parte solicitante donde consigna para ser agregado copia simple de acta de nacimiento de los ciudadanos: LUIS ALBERTO ROMERO MORENO y MILENA EVELIN ROMERO MORENO, así como sus copias de cédula, quienes son descendientes del causante: LUIS GERMANICO ROMERO GOMEZ. (F. 40-42).
En fecha 16-10-2019, Este Tribunal, fija la oportunidad de evacuación de los testigos para el Segundo día de despacho, siguiente al de hoy a las 09.00, y 09.30 a.m. para oír la declaración de los testigos ciudadanos: ILCE MARIA GUTIERREZ y EDGAR EMILIO PINEDA, identificados en autos. (F. 43).
En fecha 29-10-2019, se oyó la declaración de la testigo, ciudadana: ILCE MARIA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.880.208, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira (F. 44).
En fecha 29-10-2019, se oyó la declaración del testigo, ciudadano: EDGAR EMILIO PINEDA DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.126.669, domiciliado en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira (F. 45).
Por cuanto se encuentran concluidas todas las actuaciones concernientes a este despacho en consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: GLORIA DOLORES ROMERO DE RAMIREZ, GUSTAVO ALBERTO ROMERO GOMEZ, JOSE SINECIO ROMERO GOMEZ, RAMON PASTOR ROMERO GOMEZ, CECILIA DEL CARMEN ROMERO GOMEZ, REINALDA DEL ROSARIO ROMERO GOMEZ, RAMONA EMERITA ROMERO GOMEZ, ALIS TERESA ROMERO DE DUQUE, VICTOR MANUEL ROMERO GOMEZ, VICENTE ELIAS ROMERO GOMEZ, PABLO EMILIO ROMERO GOMEZ y PEDRO DANIEL ROMERO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Número V.-9.336.667, V.-2.811.651, V.-4.094.541, V.-4.094.540, V.-5.343.885, V.-5.343.884, V.-9.129.481, V-9.330.848, V-9.330.824, V- 9.330.823, V-9.330.847, V-10.743.916, en su carácter de hijos, según consta en acta de nacimiento N° 162, de fecha 02 de marzo de 1970, acta de nacimiento N° 688, de fecha 17 de noviembre de 1946, acta de nacimiento N° 840, de fecha 01 de noviembre de 1950, acta de nacimiento N° 366, de fecha 28 de abril de 1952, acta de nacimiento N° 235, de fecha 16 de marzo de 1955, acta de nacimiento N° 981, de fecha 28 de Diciembre de 1959, acta de nacimiento N° 25, de fecha 07 de enero de 1961, acta de nacimiento N° 145, de fecha 02 de Marzo de 1962, acta de nacimiento N° 346, de fecha 09 de mayo de 1963, acta de nacimiento N° 717, de fecha 28 de octubre de 1964, acta de nacimiento N° 52, de fecha 17 de enero de 1966, acta de nacimiento N° 445, de fecha 01 de Julio de 1971, expedidas en el Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, en su carácter de hijos, y por derecho de representación del premuerto LUIS GERMANICO ROMERO GOMEZ, a los ciudadanos: MYRIAM ELENA MORENO DE ROMERO, LUIS ALBERTO ROMERO MORENO y MILENA EVELIN ROMERO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.345.666, V-15.760.931 y V-16.788.552, la primera cónyuge según consta en acta de matrimonio N° 38, de fecha 03 de diciembre de 1979, expedida en el registro civil del municipio Jáuregui y los dos últimos en su condición de hijos, según consta en actas de nacimiento N° 861, de fecha 13 de noviembre de 1981 y N° 54, de fecha 25 de enero de 1985, expedida en el Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira. sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus: JOSE BENJAMIN ROMERO ZAMBRANO, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-1.625.518, fallecido según consta en Acta de defunción N° 123, de fecha 07 de AGOSTO de 2013, expedida en el Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
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Abg. JOSÉ ENRIQUE GANDICA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
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ABG. MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA
SOLICITUD Nº 2743
JEGG.-
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