REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 21 de Octubre de 2019.-
209º y 160º
Visto el Contenido de la diligencia suscrita en fecha 15-10-2019 por el ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ MORA, identificado en autos, con el carácter de solicitante, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, GINETTE ANDREINA GONZALEZ PERNIA inscrita en Inpreabogado bajo el N° 66.416, mediante la cual expone: Desisto de la solicitud de la oferta real de pago que consta en autos por lo cual solicito el desglose del expediente y me sean devueltos los cheques consignados. En consecuencia este Tribunal lo Provee de conformidad acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Desistimiento como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se acuerda el desglose de los cheques cursantes a los folios 04 y 20. TERCERO: se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase.-
EL JUEZ
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ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA.
EL SECRETARIO.
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ABG. JAVIER MANUEL GONZALEZ
En la misma fecha se hizo lo acordado.
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EL SECRETARIO
Solicitud N° 2658
JEGG/brenda