REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO

JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, catorce (14) de noviembre de dos mil diecinueve (2.019).

209° y 160°
De la revisión hecha al presente expediente, se observa:
• Que el mismo trata de la demanda CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA AGRARIA interpuesta por el ciudadano FREDDY EDUARDO LIZCANO MANTILLA, contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTEGRAL (INSAI), y que conoció este Juzgado Superior como Tribunal de Primera Instancia, tal y como lo dispone el artículo 156 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en virtud de contar con la competencia en materia agraria para la fecha en que ingresó la causa al conocimiento de este Tribunal, siendo inventariada bajo el N° 2.886 de este Despacho.
• Que este expediente se encuentra en este Despacho, en conformidad con las disposiciones transitorias de la Resolución N° 2009-0054, de fecha 30 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
• Que en fecha 17 de enero de 2019 se recibió un oficio (sin número) suscrito por el abogado JOSÉ LA CRUZ, en su condición de Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario en la misma fecha bajo el N° 5, por el cual se notifica a este Despacho, que a partir del 11 de enero del año en curso quedó instalado el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; y por tanto, le fue remitido legajo de expedientes agrarios para su conocimiento.
Así las cosas, considera esta sentenciadora que los principios que rigen el Derecho Agrario constituyen un fuero atrayente, y que precisamente fue creado el Juzgado Superior Agrario para esta Circunscripción Judicial del estado Táchira, con la finalidad de unificar la Jurisdicción por la Competencia Especial Agraria y también para descongestionar este Juzgado Superior con competencia múltiple, y siendo que ha transcurrido un tiempo considerable desde que se dictó la Resolución N° 2009-0054, lo prudente es ordenar la remisión de este expediente al Tribunal que cuenta con la competencia especial.
En consecuencia, se acuerda remitir este Expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en el Edificio Nacional de esta ciudad de San Cristóbal, a los fines de que el Juez Especializado a cargo de ese Despacho, se aboque al conocimiento de la causa, y según lo aconseje su prudente criterio, emita decisión, o bien resuelva notificar a las partes y reponer la causa al estado de celebrar la audiencia oral a que haya lugar. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese, déjese copia fiel y exacta para el copiador digital llevado por este Despacho.
LA JUEZA TITULAR,
JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA
La Secretaria Temporal,
Myriam Patricia Gutiérrez Díaz
En la misma fecha se agregó copia fiel al copiador digital llevado por este Tribunal.

La Secretaria Temporal,
Myriam Patricia Gutiérrez Díaz

JLFdeA/mpgd.-
Exp. 2.886