En fecha 12/12/2018, este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario en la sede de este tribunal, interpuesto por la Sociedad Mercantil “SUMINISTROS INDUSTRIALES PEREZ HERRERA, C. A.”; constante de setenta y ocho (78) folios útiles. Se ordenó las correspondientes notificaciones al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela (F – 76) en el presente caso, se deja constancia que tal notificación fue recibida por un sustituto de la República cuyo poder se encuentra agregado a los folios 85 al 87 del cuaderno de medidas; Fiscal décimo tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (F – 78) y, al Gerente de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira (F – 74), las cuales fueron debidamente practicadas.
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario. El recurso fue interpuesto el 10/12/2018, lo que indica que se encuentra dentro del lapso, puesto que la notificación del acto administrativo se realizó en fecha 03/12/2018. Quien recurre posee la cualidad y la debida asistencia de abogado. En tal sentido, y por cuanto no existe prohibición legal alguna de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, debe necesariamente admitirse el recurso, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO: interpuesto por la abogada Luz Adriana Mora Bayona, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 13.927.837, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 104.712, con poder debidamente autenticado por la Notaria Publica Novena de Maracaibo, Estado Zulia, bajo el Numero 25, tomo 42, folios 75 al 77, en fecha: 30 de mayo del 2018; representando a la Sociedad Mercantil “SUMINISTROS INDUSTRIALES PEREZ HERRERA, C. A. (SIPHECA), inscrito en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia bajo el N° 39, Tomo 4 – A, de fecha 19/07/1993.
Acto Recurrido: Resolución de imposición de sanción N° SNAT/INA/APSAT/DO/E-2018, emitido por la reconocedora adscrita la División de Operaciones de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira
En virtud que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Código Orgánico Tributario. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal – Estado Táchira, a los (03) días del mes de junio de año (2019). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-




ANA BEATRIZ CALDERON
JUEZ TITULAR
YULLY GONZALEZ
LA SECRETARIA

De conformidad con lo establecido en el artículo 100 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica. La suscrita secretaria adscrita a este tribunal deja constancia que en esta misma fecha se libró oficio N° 100 – 19 y, se dejó copia del mismo en el copiador de oficios digital llevado por el tribunal según resolución N° 2016 – 002 de fecha 14 de febrero del 2016.

LA SECRETARIA
Exp. 3359
ABCS/JJCB