REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCEN

En horas de despacho de hoy, treinta (30) de julio de 2019, siendo las 9:30 de la mañana, oportunidad fijada por auto de fecha 25 de julio del presente año, conforme a lo establecido en el primer aparte del artículo 123 de la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda, para que tenga lugar la audiencia oral de apelación contra el auto de fecha diecisiete (17) de junio de 2019, dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, el Juez Titular de este Despacho declara abierto el acto, el Alguacil anunció el mismo a las puertas del Tribunal, no estando presente la parte apelante, ciudadano Amid Gerardo Gabanzo Vivas, titular de la cédula de identidad N° V- 9.235.789, concediéndose un tiempo de espera de treinta (30) minutos.
Cumplido el tiempo concedido a las diez (10:00) de la mañana, no habiéndose hecho presente la parte apelante, ni por si ni por medio de su apoderado, el Juez declaró desierto el acto. En consecuencia, este Tribunal a tenor del articulo 117 de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en concordancia con el 115 ejusdem, se declara EXTINGUIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el Abogado Franklin Alberto Pineda Carvajal, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 8.153, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano AMID GERARDO GABANZO VIVAS, titular de la cédula de identidad No. V-9.235.789, contra el auto dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial en fecha 17 de junio de 2019. Remítase de inmediato el presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio


El Juez Titular


Miguel José Belmonte Lozada




La Secretaria Temporal,


Jenny Yorley Murillo Velasco





En la misma fecha se remitió el expediente al Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, constante de _____ folios útiles, con oficio No. ____, quedando anotada su salida en el libro respectivo.
MJBL/Jenny
Exp. 19-4657