JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, VEINTISIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (27/02/2019). AÑOS 208º DE LA INDEPENDENCIA y 160º DE LA FEDERACIÓN.
Se inicia la presente solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio) formulada por el ciudadano Domingo Antonio Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.634.752, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 195.344, con domicilio en el Sector Brisas del Uribante, vía la espuma, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
Este Tribunal por auto de fecha 03 de diciembre de 2018 (Folio 16), dio entrada a la presente solicitud quedando anotada bajo el N° 2794, instando al solicitante apara que dentro de los ocho días de Despacho siguiente, subsanara su escrito anexando los respectivos requisitos.
En fecha 04/12/2018 (Folio 17), el ciudadano Domingo Antonio Ortega, consignó mediante diligencia los requisitos correspondientes.
Por auto de fecha 06/12/2018, (Folio 24), se admitió la presente solicitud acordándose practicar Inspección Judicial sobre el lote de terreno denominado “Los Ángeles”, así mismo, se fijó para el 3° día de despacho siguiente a la practica de la Inspección, la evacuación de las testimoniales promovidas por el solicitante.
En fecha 05/02/2019 (Folios 31 y 32), se trasladó y constituyó el Tribunal, en el lote de terreno denominado “Los Ángeles”, ubicado en el Sector Brisas del Uribante, vía La Espuma, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, a los fines de practicar Inspección Judicial para verificar las mejoras y bienhechurías, descritas en la presente solicitud, en la que se dejó constancia de los siguientes particulares: “…PRIMERO: a los fines de la ubicación se deja constancia, que se trata de un lote de terreno denominado “Los Ángeles”, ubicado en el Sector La Espuma, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del estado Táchira, constante de una superficie de seis hectáreas con siete mil noventa y tres metros cuadrados (6 has. Con 7093 m2), cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Terreno ocupado por Eleazar Varela; SUR: Terreno ocupado por Javier Jaimes; ESTE: Terreno ocupado por Alirio Garay; OESTE: Terrenos ocupados por Ebelinda de Villamizar y Wilson Correa. SEGUNDO: En relación a las bienhechurías existentes en el predio se deja constancia de: 1) Casa de aproximadamente 84 m2; 2) Cercas internas y externas de estantillos de madera, cemento y alambre de púa; 3) Tendido eléctrico de 110 voltios; 4) Agua potable con puntillo; 5) Un tanque para depósito de agua potable con una capacidad de 1100 litros; 6) Pozo séptico en construcción; 7) Sembradíos de pasto de corte; 8) Doscientas (200) plantas de café y cambur; 9) Tres (03) árboles de madera tipo cedro contigua a la casa; 10) Dos (02) árboles de madera tipo cedro ubicados aproximadamente a novecientos metros (900 mts) de la casa; 11) Diez (10) árboles tipo pardillo ubicados aproximadamente a novecientos metros (900 mts) de la casa; 12) Cuatro (04) árboles masa guaro ubicados aproximadamente a novecientos metros (900 mts) de la casa; 13) siete (07) plantas de mora ubicados aproximadamente a novecientos metros (900 mts) de la casa; 14) Una (01) hectárea de yuca; 15) Setecientas (700) matas de plátano en desarrollo; 16) Un transformador de 37,5 voltios que surte a la comunidad adyacente, alrededor de cinco familias…”
En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de conformidad con lo solicitado y conforme lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y el numeral 1° del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y en virtud de que lo aquí verificado es suficiente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión del solicitante ciudadano Domingo Antonio Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.634.752, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 195.344, con domicilio en el Sector Brisas del Uribante, vía la espuma, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, sobre las mejoras y bienhechurías ya indicadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), constante de una superficie de seis hectáreas con siete mil noventa y tres metros cuadrados (6 ha con 7093 m2), cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Terreno ocupado por Eleazar Varela; SUR: Terreno ocupado por Javier Jaimes; ESTE: Terreno ocupado por Alirio Garay; OESTE: Terrenos ocupados por Ebelinda de Villamizar y Wilson Correa, por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, otorga: Título Supletorio de Propiedad sobre las mejoras y bienhechurías, anteriormente descritas a favor del solicitante ciudadano Domingo Antonio Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.634.752, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 195.344, con domicilio en el Sector Brisas del Uribante, vía la espuma, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira . Así se decide.
Del mismo modo, esta instancia agraria exhorta e insta a Registradores y Notarías, cumplir a cabalidad lo establecido en los artículos 1 y 4 de la Resolución Conjunta entre los Ministerios del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y para la Agricultura y Tierras, los cuales establecen:
“…(Omisis) c) La solicitud, tramitación y registro de Títulos Supletorios de Propiedad, respecto en bienhechurías fomentadas sobre tierras con vocación agrícola”.
Artículo 4: Se instruye a los Registradores y Registradoras, Notarios y Notarias, no solicitar las autorizaciones cuya exigencia se suspende mediante la presente Resolución, durante la vigencia de la misma”.
En esta misma fecha, siendo las diez (10:00) de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión en el Libro Diario llevado por este tribunal, se expidió copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado. Asimismo, se libró oficio N°_____ al Registro de los Municipios Libertador y Fernández Feo, a los fines de su debida protocolización ante el mismo.
La Juez Provisorio,
Abg. Angie Andrea Sandoval Ruiz, La Secretaria Temporal,
Abg. Lyn Mayte Álvarez Chacón.
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