REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS, Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
La Grita, 10 de DICIEMBRE de 2019
209º Y 160º
PARTE SOLICITANTE: JESUS OMAR SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-10.747.672, domiciliado en El Cobre, Municipio José Maria Vargas, Estado Táchira, debidamente asistido por La abogada en ejercicio MARICELA MARGARITA MANSILLA CONTRERAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.126.258, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.945, de este domicilio y hábil.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITUD: N° 2760
En fecha, 25-11-2019, se recibió por distribución solicitud suscrita por el ciudadano: JESUS OMAR SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-10.747.672, domiciliado en El Cobre, Municipio José María Vargas, Estado Táchira, debidamente asistido por La abogada en ejercicio MARICELA MARGARITA MANSILLA CONTRERAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.126.258, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.945, de este domicilio y hábil; constante de dos (02) folios útiles, solicitud de Únicos y Universales Herederos, junto con catorce (14) anexos; en la cual pide se le declare como únicos y universales herederos del causante: CANDIDO RAMON SANCHEZ MONCADA, a los ciudadanos: DIGNA SENAIDA SANCHEZ DE SANCHEZ, en su carácter de cónyuge, MARIA TERESA SANCHEZ SANCHEZ, JESUS OMAR SANCHEZ SANCHEZ, JHONNY ROLANDO SANCHEZ SANCHEZ, OSCAR RAMON SANCHEZ SANCHEZ, JOSE MANUEL SANCHEZ SANCHEZ, ROSANGEL SANCHEZ SANCHEZ, en su carácter de HIJOS. (F. 1-16).
En fecha 29-11-2019, Este Tribunal, le dio entrada a la solicitud se inventario se prosiguió el curso de Ley correspondiente. En consecuencia se fijo la oportunidad de evacuación de los testigos para el Quinto día de despacho, siguiente a las 10.00 y 10.30 a.m. Para oír la declaración de los testigos ciudadanos: ALIX JOSEFINA GOMEZ DE PINEDA y NANCY SULAY DUQUE DE SANCHEZ identificados en autos. (F. 17).
En fecha 06-12-2019, se oyó la declaración de la testigo, ciudadana: ALIX JOSEFINA GOMEZ DE PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.343.698, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira (F. 18).
En fecha 06-12-2019, se oyó la declaración de la testigo, ciudadana: NANCY SULAY DUQUE DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.126.496, domiciliada en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira (F. 19).
Por cuanto se encuentran concluidas todas las actuaciones concernientes a este despacho en consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: DIGNA SENAIDA SANCHEZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.344.155 en su carácter de cónyuge, según consta en acta de Matrimonio N° 54, de fecha 05 de noviembre de 1971, expedida en el Registro Civil del Municipio José María Vargas del Estado Táchira, y a MARIA TERESA SANCHEZ SANCHEZ, JESUS OMAR SANCHEZ SANCHEZ, JHONNY ROLANDO SANCHEZ SANCHEZ, OSCAR RAMON SANCHEZ SANCHEZ, JOSE MANUEL SANCHEZ SANCHEZ, ROSANGEL SANCHEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Número V.-10.747.671, V.-10.747.672, V.-10.747.675, V.-14.281.395, V.-15.927.898 y V.-18.019.831 en su carácter de hijos, según consta en actas de nacimiento N° 144, de fecha 11 de agosto de 1972, acta de nacimiento N° 20, de fecha 01 de febrero de 1974, acta de nacimiento N° 139, de fecha 30 de septiembre de 1975, acta de nacimiento N° 09, de fecha 30 de enero de 1980, acta de nacimiento N° 116, de fecha 13 de julio de 1984, expedidas en el Registro Civil del Municipio José María Vargas del Estado Táchira, y en acta de nacimiento N° 105, de fecha 12 de enero de 1987, expedida por el Registro Civil de la parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus: CANDIDO RAMON SANCHEZ MONCADA, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-2.811.466, fallecido según consta en Acta de defunción N° 730, de fecha 20 de Agosto de 2018, expedida por el Registro Civil de la parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
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Abg. JOSÉ ENRIQUE GANDICA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
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ABG. MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA
SOLICITUD Nº 2760
JEGG.-
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