REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS, Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
La Grita, 09 de Agosto de 2019
209º Y 160º
PARTE SOLICITANTE: URIEL BUSTOS CELEMIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-15.048.695, domiciliado en La Grita, Municipio Jauregui, Estado Táchira, debidamente asistido por el abogado en ejercicio: VICTOR LEANDRO CONTRERAS MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.927.235, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 267.107, de este domicilio y hábil.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITUD: N° 2703
En fecha, 20-06-2019, se recibió por distribución solicitud suscrita por el ciudadano: URIEL BUSTOS CELEMIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-15.048.695, domiciliado en La Grita, Municipio Jauregui, Estado Táchira, debidamente asistido por el abogado en ejercicio: VICTOR LEANDRO CONTRERAS MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.927.235, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 267.107, de este domicilio y hábil; constante de Tres (03) folios útiles, solicitud de Únicos y Universales Herederos, junto con trece (13) anexos; en la cual pide se le declare como únicos y universales herederos del causante: TEOFILO BUSTOS GARCIA, a los ciudadanos: GLADYS ALEJANDRINA MORENO DE BUSTOS, en su carácter de cónyuge, y AMPARO BUSTOS LEON, LUZ MARINA BUSTOS DE MARQUEZ y URIEL BUSTOS CELEMIN en su carácter de Hijos.
En fecha 28-06-2019, Este Tribunal, le dio entrada a la solicitud, se inventario y se fijo el tercer día de despacho, siguiente a las 10:30 y 11:00 a.m. Para oír la declaración de los testigos ciudadanos: WUILMER JOSE MONCADA PEÑALOZA y JENNY IVONNE FERNANDEZ SOSA, identificados en autos.
En fecha 03-07-2019, se observa auto en el que se declaro desierta la declaración del testigo WUILMER JOSE MONCADA PEÑALOZA, en virtud de su incomparecencia.
En fecha 03-07-2019, se observa auto en el que se declaro desierta la declaración de la testigo JENNY IVONNE FERNANDEZ SOSA, en virtud de su incomparecencia.
En fecha 28-06-2019, se observa diligencia suscrita por el solicitante URIEL BUSTOS CELEMIN, identificado en autos, debidamente asistido por el abogado en ejercicio VICTOR LEANDRO CONTRERAS MENDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 267.107, en la que desiste de la testigo JENNY IVONNE FERNANDEZ SOSA y presenta para su declaración al testigo JAIME RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.339.041 y solicito fijar oportunidad de evacuación de las testimoniales.
En fecha 30-07-2019, se observa auto de este Tribunal, en el que fijo para el Segundo día de despacho, siguiente a las 10:00 y 10:30 a.m. Para oír la declaración de los testigos ciudadanos: WUILMER JOSE MONCADA PEÑALOZA y JAIME RAMIREZ RAMIREZ, identificados en autos.
En fecha 01-08-2019, se oyó la declaración del testigo, ciudadano: WUILMER JOSE MONCADA PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.127.716, domiciliado en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira.
En fecha 01-08-2019, se oyó la declaración del testigo, ciudadano: JAIME RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.339.041, domiciliado en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira.
Por cuanto se encuentran concluidas todas las actuaciones concernientes a este despacho en consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: GLADYS ALEJANDRINA MORENO DE BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.962.993, en su carácter de cónyuge, según consta en acta de matrimonio celebrado en la parroquia Guzmán Guillermo, Municipio Miranda, Estado Falcón, bajo el N° 80, de fecha 11 de agosto de 1989, expedida por el Registro Principal del Estado Falcón y AMPARO BUSTOS LEON, LUZ MARINA BUSTOS DE MARQUEZ y URIEL BUSTOS CELEMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Número V.-12.815.631, V.-13.360.559 y V-15.048.695, en su carácter de hijos, según consta en Registro de nacimiento serial N° 3541121, de fecha 02 de agosto de 1970, expedido por la Notaria Segunda de Cúcuta, Norte de Santander, Colombia, Registro de nacimiento serial N° 3541122, de fecha 02 de agosto de 1970, expedido por la Notaria Segunda de Cúcuta, Norte de Santander, Colombia y Registro de nacimiento serial N° 3541123, de fecha 02 de agosto de 1970, expedido por la Notaria Segunda de Cúcuta, Norte de Santander, Colombia. sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus: TEOFILO BUSTOS GARCIA, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.305.609, fallecido según consta en Acta de defunción N° 31, de fecha 02 de Agosto de 2005, expedida por el Registro Civil del Municipio Seboruco del Estado Táchira.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia digitalizada en formato PDF para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
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Abg. JOSÉ ENRIQUE GANDICA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
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ABG. MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA
SOLICITUD Nº 2703
JEGG.-
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