TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 13 de Agosto de 2019.

209º y 160º

Vista la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana ROSMIRA BALAGUERRA PARADA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-23.155.091, domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre propio y asistida por el abogado TULIO ERNESTO LARGO, inscrito en el IPSA bajo el N° 38.658, constante de (26) folios utilizados, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de los ciudadanos, JOSE HUMBERTO TORRES Y WILLIAM ALVARADO GARCIA CHISTANCHO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°s V-2.139.084 y V-10.151.046, respectivamente, insertas a los folios 23 al 26, respectivamente, quienes son contestes en señalar que ciertamente el ciudadano RICARDO BUENAÑO GUERRERO, falleció en fecha 19 de Noviembre de 2016 y que sus únicos y universales herederos son los ciudadanos GRECIA ARANTXA BUENAÑO BALAGUERA Y MAYKER YELTSIN BUENAÑO BALAGUERA, fijadas mediante auto de fecha 08 de Julio de 2019, inserto al folio 22. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano RICARDO BUENAÑO GUERRERO, y así se evidencia de acta de defunción N° 1279, de fecha 19 de Noviembre de 2016, inserta a los folios 07 y 08, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la cual consta que dejó dos hijos.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Copia de la cédula de identidad perteneciente a ROSMIRA BALAGUERA PARADA, folio 3; b) Copia de la cédula de identidad del de cujus RICARDO BUENAÑO GUERRERO, folio 6; c) Copia del acta de defunción N° 1279, del de cujus RICARDO BUENAÑO GUERRERO, folios 7 y 8; d) Partida de Nacimiento N° 154, de fecha 15 de Enero de 1992, Perteneciente a GRECIA ARANTXA BUENAÑO BALAGUERA, Expedida por el Registro Principal Del Estado Táchira, folio 9 y 10; e) Partida de Nacimiento N° 1752, de fecha 13 de Julio de 1993, perteneciente a MAYKER YELTSIN BUENAÑO BALAGUERA, expedida por el Registro Principal del Municipio San Cristóbal, estado Táchira, folio 13.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos GRECIA ARANTXA BUENAÑO BALAGUERA y MAYKER YELTSIN BUENAÑO BALAGUERA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.624.776 y V- 23.098.242 el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, RICARDO BUENAÑO GUERRERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.516.331, fallecido el día 19 de Noviembre de 2016, según acta de defunción N° 1279, de fecha 19 de Noviembre de 2016, quien en vida fuera padre de los ciudadanos GRECIA ARANTXA BUENAÑO BALAGUERA Y MAYKER YELTSIN BUENAÑO BALAGUERA, antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,


Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. MIRLEY ROSARIO COLMENARES DE MORA


En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.



La Secretaria Temporal,





RMCQ/nr.-
Sol. N° 913-19