JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, ocho (08) de abril de dos mil diecinueve.

AÑOS: 208° y 160°

Vista la transacción celebrada en fecha, cinco (05) de abril de 2019, entre la parte actora, ciudadanos LUZ MARINA LARA MONROY, SEGUNDO ORTIZ MENDOZA, PABLO ANTONIO ORTIZ MENDOZA, ANA MATILDE ORTIZ MENDOZA, ANA JULIA ORTIZ MENDOZA, MARÍA CRISTINA ORTIZ DE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad N° V-1.582.477, V-8.888.803, V-2.888.194, V-3.076.718, V-4.203.702 y V-3.795.435, en su orden, asistidos por la abogada en ejercicio BILMA CARRILLO MORENO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.217.615 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.288, y la parte demandada, ciudadano ARMANDO COLMENARES CABRERA, titular de la cédula de identidad número V-5.024.204, asistido por el abogada en ejercicio JESÚS COLMENARES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418; observando esta operadora de justicia que dicho acto no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Cúmplase con lo ordenado. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal. Cumplido como sea lo ordenado procédase al archivo de la presente causa. Déjese copia digital certificada de este auto para el archivo del Tribunal.

JOHANNA QUEVEDO
JUEZ SUPLENTE

WILMER COLMENARES
SECRETARIO

En la misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose copia digital para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “5557”, del “Libro de Registro de Sentencias” llevado en el presente mes y año.

WILMER COLMENARES
SECRETARIO

Exp. 14.017.
Gerardo.