JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, 08 de abril de 2019.
208º y 160º


Visto el escrito de fecha 04 de abril de 2019 (fl.129), suscrita por los abogados JESUS OCTAVIO NIEVES BRICEÑO y JORGE ISAAC JAIMES LARROTA, Inpreabogados N° 261.634 y 122.806 respectivamente, quienes obran con el carácter de parte actora donde DESISTEN de la acción, demanda y del procedimiento por haber sido honrados sus honorarios profesionales, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO el DESISTIMIENTO y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena su archivo. Déjese copia del presente auto para el archivo del tribunal.- Abog. Félix Antonio Matos.- Juez Temporal (Fdo).- Abog. Maria Gabriela Arenales.- Secretaria Temporal (Fdo).-