REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO A INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 23/04/2019.
209° y 160°

Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado SERGIO CAMPANA ZERPA con Inpreabogado N° 34.764, con el carácter de co-apoderado Judicial de la parte demandada, conforme a lo solicitado se observa; Firme como ha quedado la decisión dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 06/12/2018, inserto a los folios 307 al 386, y recibida por este Despacho original del expediente en fecha 04/ 04/2019 , folio 390 del cuaderno principal, pieza II; EJECÚTESE. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, se le concede a la parte Demandante Reconvenida un lapso de siete (7) días de despacho para que efectúe el Cumplimiento Voluntario de la misma. Lapso que comenzará a correr a partir de que conste en el expediente la notificación de la parte demandada. Líbrese Boleta de Notificación.-


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Titular Alicia Coromoto Mora Arellano
La Secretaria
JMCZ/y.r.-

Exp: N° 21.723-2019 (Pieza III)