REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 18 de Septiembre de 2018
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2016-007039
ASUNTO : SP21-S-2016-007039

SENTENCIA: N° 261-2018

AUTO. RESPUESTA A INCIDENCIA PLANTEADA
POR EL MINISTERIO PÚBLICO

JUEZ ESPECIALIZADO: DR. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN.
SECRETARIO: ABG. YEISON ANDRÉS GRISMALDO CONTRERAS.
ALGUACIL DE SALA: GERSON QUINTANA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. NANCY GRANADOS, FISCAL 22° en colaboración con la Fiscalía N° 16.

VÍCTIMA: Y.L.P.C. (se omiten datos por razones de ley).

ACUSADO: JOSSIE ESTEBAN COSME, venezolano, cédula de Identidad N° V-20.735.918, nacido en fecha 14-05-1993, de 24 años de edad, domiciliado en La Birmania calle 6 casa N° 36, Abejales, Edo. Táchira, N° de Teléfono 04143310401.

DEFENSA PÚBLICA N° 1: ABG. YOLIMAR VERA, por el principio de la unidad N° 3.

CALIFICACIÓN JURÍDICA

DELITO. (S): ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el articulo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica Para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente Y.L.P.C. (se omiten datos por razones de ley).

I
DE LA PETICION DEL MINISTERIO PÚBLICO

La abogada ABG. NANCY GRANADOS, FISCAL 22° en colaboración con la Fiscalía N° 16 DEL MINISTERIO PUBLICO, en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 17 de Septiembre de 2018, interpuso formal incidencia en los términos siguientes: “Ciudadano Juez, en vista la incomparecencia de los funcionarios citados para el día de hoy, solicito se les libre nuevamente la boleta de citación a los mismos, y solicito se cite al doctor JOSE DAVID ROA CRIOLLO, para que comparezcan a la próxima audiencia de continuación del juicio. Es todo”.
Se le otorgó el derecho de palabra al Defensa Técnica: ““No tengo objeción alguna, me adhiero al pedimento de la Representación Fiscal. Es todo”.

II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

Revisada como ha sido la incidencia planteada por el Ministerio Público, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 3 del artículo 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO, y en consecuencia ORDENA: NOTIFICAR A JOSE DAVID ROA CRIOLLO EXPERTO para que comparezca a la Audiencia de Juicio Oral y Reservado fijada para el DIA (24) DE SEPTIEMBRE DE 2.018 A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (10:00 A.M.). ASI SE DECIDE. CUMPLASE.-



ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA
EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


ABG. YEISON GRISMALDO
SECRETARIO